El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa (STJ) declaró inadmisible un recurso de casación y así confirmó la condena a 12 años de prisión al policía Fernando Martín Safenreider, quien mató de un tiro al cazador Santiago Garialdi en una calle de la zona rural de Lonquimay, pudo saber Diario Textual. De esta manera, ahora le queda al uniformado -quien está detenido desde el crimen- una sola posibilidad de apelación: ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El STJ -al igual que en mayo lo había hecho el Tribunal de Impugnación Penal- no hizo lugar a ninguno de los recursos de impugnación presentados por la defensa, la fiscalía y las querellas particulares, y confirmó en todos sus términos la sentencia dictada el 5 de diciembre pasado por la cual la Audiencia de Juicio de Santa Rosa condenó al policía a 12 años de prisión, como autor del delito de homicidio simple, agravado por el uso de arma de fuego, en concurso ideal con el delito de lesiones leves, en perjuicio de Santiago Garialdi.
El defensor José Mario Aguerrido había cuestionado, ante el STJ, que el TIP no había «abordado los agravios referidos al estado de necesidad disculpante, así como de la legítima defensa» del policía. También, entre otros puntos, había cuestionado que se había «desplazado la información médica, psicológica y psiquiátrica sobre la persona, y personalidad del imputado, sin tenerse en cuenta lo indicado por los peritos respecto a la falta de fabulación en sus dichos». Para finalizar, había requerido que se decrete la «absolución» de su asistido, por «falta de dominio del hecho o por estar en el ámbito de una causa de justificación (art. 34 incs. 1, 4 y 6 del C.P.), mientras que, para el supuesto que se considere que su ejercicio fue excesivo (art. 35 del C.P.), se proceda a readecuar la pena» impuesta. y como planteo subsidiario, solicitó el «reenvío al tribunal anterior, a los efectos de que dicte una nueva sentencia, donde establezca la cadena fáctica y, en particular, la acción de los cazadores; además que determine y califique los hechos de su defendido sobre la existencia de causas que le impidieron el dominio del hecho o su actuación en el ámbito de los incs. 4 o 6 del art. 34 del C.P.». Sin embargo, los jueces del STJ rechazaron todas esas pretensiones.
El año pasado los jueces de audiencia Daniel Sáez Zamora, Alejandra Ongaro y Carlos Chapalcaz dieron por acreditado que el 24 de julio de 2016, a la noche, “en la intersección de dos caminos, uno denominado del Cementerio y el otro La Armonía, que es perpendicular a la ruta nacional 5, a la altura del kilómetro 554/555, el móvil policial de la comisaría de Lonquimay (legajo 2634), conducido por el cabo Safenreider, y en el que viajaba como acompañante Norberto Daniel García, empleado policial, se estacionó sobre el denominado camino, previo haber recibido una comunicación de Marcos Sebastián Ochoa, funcionario policial de La Gloria, sobre la presencia de cazadores en esa zona”.
“Ambos policiales –señaló el fallo– descendieron del vehículo dejando las puertas abiertas, y mientras Safenreider se ubicó delante del móvil, García lo hizo al lado de la puerta del conductor. Momentos después pasó por esa intersección un vehículo (camioneta Ford 100, dominio AWC-070, chapa color gris), circulando por el referido camino vecinal, en dirección norte a sur. Ese rodado se encontraba visiblemente preparado para realizar tareas de caza”.
La Audiencia de Juicio detalló que en él viajaban cuatro personas: Enrique Andrés Casabonne (conductor), Juan José Castilla (acompañante) y Mario Luján Arroyo (portaba una carabina calibre 22) y Héctor Santiago Garialdi (iluminador), en la torreta que se hallaba en la caja de la Ford. “La camioneta pasó por la intersección, y realizó una maniobra de esquive, por cuanto en el inicio de la encrucijada había una cadena de acero, con pedazos de hierros soldados, denominados ‘miguelitos’ –indicaron los jueces–. En esa maniobra, la cadena fue arrastrada, impactó contra la rueda delantera derecha, que se pinchó y salió despedida. Al mismo tiempo, y dado el corto lapso en que se desarrolló todo el suceso (entre siete y diez segundos), desde la torreta de la camioneta, Garialdi iba mirando e iluminando en dirección hacia el móvil policial, apuntándolo con el reflector”.
“Como respuesta, Safenreider, y cuando ya la camioneta había sobrepasado al personal policial y no representaba ningún peligro, con el arma de fuego que le fuera asignada en su carácter de funcionario público, realizó ocho disparos –en dos secuencias– desde dos sectores de boca de fuego distintas. El primero ubicado en la arteria que se dirige a Lonquimay, desde donde realizó seis disparos, y la segunda secuencia de dos disparos se ejecutó sobre el camino vecinal con dirección a la ruta N° 5. Los dos primeros disparos impactaron en Garialdi –uno a la altura de la cabeza y el otro rozó su antrebrazo derecho–, provocándole el primero heridas de tal gravedad que se constituyeron en la causa de su deceso. El tercer disparo impactó sobre la puerta izquierda de la camioneta Ford, atravesándola e ingresando en el glúteo izquierdo de Casabonne, quien resultó víctima de lesiones”, expresaron Sáez Zamora, Ongaro y Chapalcaz.