El juez de audiencia de Santa Rosa, Andrés Aníbal Olié, condenó hoy a un empleado de 55 años a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, por ser autor del delito de abuso sexual simple en perjuicio de tres menores; una de ellas hija de su entonces pareja. Todos los hechos ocurrieron en la vivienda que el imputado compartía con ella.
Con las pruebas reunidas durante el juicio oral, Olié dio por acreditado –en el primer caso– que “con anterioridad a la fecha de la denuncia (fines de 2016) y desde el año 2012, en varias oportunidades, aunque sin poder precisar fechas, el acusado realizó tocamientos” a la hija de la ex pareja. La primera vez la víctima tenía entre 11 y 12 años. Ello fue calificado legalmente como abuso sexual simple, cometido contra una persona menor de 13 años y mediando sorpresa, lo que le impidió a la víctima consentir la acción, agravado por ser la víctima menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado.
En el segundo caso el magistrado sostuvo que “con anterioridad a la fecha de la denuncia y en varias ocasiones, aunque sin poder precisar fecha, el acusado realizó tocamientos” a una niña de 14 años al momento de la denuncia, que concurría asiduamente a su casa. Esa conducta fue caratulada como abuso sexual simple, cometido contra una persona menor de 13 años y mediando sorpresa, lo que le impidió a la víctima consentir la acción, como delito continuado.
Y en el tercero, Olié indicó que el 19 de noviembre de 2016, en oportunidad en que otra amiga de la hija de la ex pareja, de 17 años, “se encontraba en una de las habitaciones del domicilio, fue abordada por el acusado”. El hecho fue calificado como abuso sexual simple, cometido mediando sorpresa, lo que le impidió a la víctima consentir la acción.
Por otro lado, a través del procedimiento de juicio abreviado, el juez de control santarroseño, Néstor Daniel Ralli, condenó a un jornalero de 36 años a la pena de tres años de prisión en suspenso, como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple, agravado por encontrarse a cargo de la guarda de la menor al momento del hecho, como delito continuado. La víctima fue una sobrina de su pareja.