El juez de audiencia santarroseño Daniel Alfredo Sáez Zamora condenó hoy a Ricardo Alberto Torino a ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo, por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de amenazas simples en tres oportunidades, en concurso material con lesiones leves calificadas por la relación de pareja en dos oportunidades en concurso real; los cuales deberán ser valorados en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral contra las Mujeres.
El abreviado –por cinco causas– fue acordado entre el fiscal Marcos Hernán Sacco, el defensor oficial Claudio Martínez Sabio y el imputado, un empleado provincial de 46 años que registra antecedentes penales, informó Prensa de la Justicia provincial.
El primer hecho ocurrió el 2 de mayo de 2016 a la madrugada, cuando Torino llamó por teléfono y se hizo presente en el domicilio de su expareja, pese a tener dictada una restricción de contacto y acercamiento mientras era investigado por lesiones simples y amenazas en perjuicio de la mujer.
El segundo sucedió el 28 de ese mes, cuando aun rigiendo ese impedimento, volvió a llamar por teléfono a la víctima. «Voy a ir a tu casa y te voy a prender fuego la Suran”, le dijo.
Algo similar ocurrió dos meses más tarde: el 30 de julio a la noche nuevamente por teléfono la amenazó. “A la moto tuya no la vas a encontrar, la Brigada me la chupa (sic), ya tu moto desapareció, olvidate que te pague el crédito en la Cooperativa (…) te voy a cagar matando, una bala no la frena nadie”, le dijo.
En el cuarto expediente quedó acreditado que el 6 de octubre del año pasado 2017, la expareja se apersonó al domicilio de Torino para retirar pertenencias suyas y, ante la negativa del imputado, se generó una discusión. “(Torino) le propinó un golpe de puño en la nariz y le dobló el dedo pulgar de la mano izquierda, mientras le manifestaba ‘andate sino te voy a matar’”, según la sentencia. En ese momento arribó la policía, a raíz de un llamado de la damnificada, y detuvo al agresor.
El último episodio constatado por la Justicia se produjo hace menos de un mes, el pasado 27 de abril a la noche. Torino fue hasta la casa de la mujer en estado de ebriedad y golpeó la puerta, a lo que la víctima –para evitar un mal mayor– lo dejó ingresar a la cocina. «Allí el imputado inició una discusión por celos, por lo que ella le pidió que se retirara o llamaría a la policía. Torino le dio un golpe de puño en el pómulo izquierdo, generándole lesiones y se retiró del lugar”.
“Con las evidencias existentes en estos expedientes, entiendo que se han reunido los elementos objetivos y subjetivos de los tipos penales que son base del acuerdo de juicio abreviado, ya que quedó acreditado que el acusado en tres oportunidades anunció un mal futuro, grave y posible en contra de su expareja; ello con total intención de afectar la libertad de la víctima. Por otro lado, con conocimiento y voluntad afectó la estructura física de ella”, sostuvo Sáez Zamora.
“Como elementos en contra de Torino tengo en cuenta que registra un antecedente por un hecho anterior y que, si bien fue una pena de ejecución condicional, los efectos de la misma continúan conforme a las previsiones del artículo 27 del Código Penal”, concluyó.