La jueza de audiencia de Santa Rosa Alejandra Flavia Ongaro condenó hoy a Mario Armando Pérez como autor de lesiones graves culposas por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravadas por violar la señalización del semáforo, a la pena de dos años de prisión en suspenso y cuatro años de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor en la vía pública que requiera habilitación por parte de autoridad competente.
Tras la realización del juicio oral, la magistrada acreditó que el 29 de julio de 2017 a media tarde, Pérez –un chofer de 47 años– manejaba un camión con acoplado por la avenida Circunvalación, en Santa Rosa, y al llegar a la intersección con México continuó su marcha y traspuso la encrucijada, aún cuando el semáforo estaba en rojo, embistiendo una moto de 70 cc. que venía por México y circulaba habilitada por la luz verde. Cuando se produjo el impacto, el vehículo menor ya había cruzado el primer carril de la avenida, como así su cantero central, señaló el fallo. A consecuencia de la colisión, la conductora de la moto sufrió lesiones, entre ellas la fractura del fémur derecho.
Durante los alegatos, la fiscala María Cecilia Martiní y el querellante particular, Esteban Torroba –en representación de la damnificada– habían solicitado la pena que finalmente dispuso Ongaro; mientras que el defensor particular, Gastón Gómez, había requerido que el camionero sea absuelto por entender que no hubo delito ya que adujo que el accidente se produjo por una falla mecánica (fallas en el sistema de frenos) y no humana.
La jueza, además, le impuso a Pérez el cumplimiento de reglas de conductas por dos años (fijar residencia y someterse al contralor del Ente de Políticas Socializadoras, bajo apercibimiento de revocarle la condicional de la pena en caso de no hacerlo).
También le ordenó al acusado que, una vez que la sentencia quede firme, deberá entregar en el plazo de tres días su licencia de conducir en la Oficina Judicial de Santa Rosa; e hizo saber de la inhabilitación a la Secretaría de Asuntos Municipales y, por su intermedio, a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Municipalidad de Santa Rosa, al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito y al Departamento de Operaciones de la Policía de La Pampa.
Ongaro, para fijar la pena, sostuvo como circunstancias agravantes “las particularidades que rodearon al siniestro”. En tal sentido, remarcó que el imputado, “una persona con vasta experiencia en el manejo de vehículos, y en particular de camiones, develó una conducta de desprecio e indiferencia respecto de quienes circulaban en esa encrucijada, como lo fue en este caso una moto de baja cilindrada, sin perjuicio de que eventualmente pudo haber sido un peatón”.
“A ello se suma la extensión del perjuicio, no sólo por los daños que impactaron directamente en el cuerpo y en la salud de la víctima, sino por las secuelas tangenciales (…) ya que no puede realizar prácticamente actividad laboral alguna; lo que a su vez le genera un obstáculo serio y cierto de continuar con la rehabilitación que el tratamiento médico aconseja, toda vez que al haber cesado el vínculo de trabajo dejó de ser titular de la obra social con la que sostenerlo”, concluyó la jueza.