El juez de control Carlos Matías Chapalcaz condenó a un padre a un año de prisión de cumplimiento efectivo porque golpeó a su hijo de 14 años. Es un reincidente: ya tenía una condena, condicional, por violencia a su expareja.
Ahora fue condenado por ser autor de los delitos de daño y lesiones leves calificadas por el vínculo, concursando ellos en forma real y valorados en el marco de la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, informó Prensa del Superior Tribunal de Justicia.
En el expediente quedó probado que el pasado 8 de enero padre e hijo estaban almorzando y, en esas circunstancias, el imputado dio vuelta a la mesa, agarró de los cabellos al niño, lo tiró al piso y le pegó con un palo de escobillón en varias partes del cuerpo, hasta que quebró el palo. «Luego agarró una silla para pegarle, intercediendo un hermano del menor, de 13 años, que estaba con ellos y presenció los hechos”, dijo el kuez.
Posteriormente el acusado se retiró de la vivienda. Al regresar, vio a su hijo acostado en una habitación. «Comenzó a pegarle nuevamente con golpes de puño en la zona abdominal y la espalda, rompiéndole además el teléfono celular”, según el juez.
La causa se resolvió por un juicio abreviado que fue rubricado por el fiscal Marcos Hernán Sacco, la defensora oficial Silvia Mariel Annecchini y el propio imputado, un hachero y alambrador de 39 años que admitió la autoría de los hechos y que permanece detenido.
La madre del menor, al ser informada del acuerdo, prestó su conformidad y solicitó que le sean notificados los eventuales planteos que pueda realizar la defensa en la etapa de ejecución, según lo establece el artículo 11 bis de la ley 24.660.
“Más allá del reconocimiento realizado por el imputado, al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que los hechos se encuentran debidamente probados habida cuenta de la descripción coincidente que dio el menor damnificado, en cuanto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos; lo informado por el médico y las imágenes obtenidas”, señaló Chapalcaz.
El acusado ya había condenado en 2016 –en otro abreviado– a una pena unificada de seis meses de prisión efectiva, bajo la modalidad de prisión nocturna, por lesiones leves calificadas por el vínculo. En esa oportunidad se le unificó esa pena con otra anterior a seis meses en suspenso y se revocó la condicionalidad de esta última. En ese legajo se probó que había agredido con un cinco a otro hijo –el que intercedió en el incidente–, produciéndole escoriaciones y hematomas en distintas partes del cuerpo.