La Corte Suprema de Justicia de la Nación informó hoy que la solicitud al Tribunal Oral Federal N°2 de revisar el expediente de la Causa Vialidad, en donde se investiga a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner por el redireccionamiento de la obra pública, «no suspende el juicio oral en trámite». Es decir, ratificó que el procedimiento contra la exmandataria comenzará el próximo martes, como estaba previsto.
«Dicho pedido no suspende el juicio oral en trámite, ni hubo decisión alguna del Tribunal Oral en ese sentido. La medida es al solo efecto de examinar la causa que, una vez extraídas y certificadas las copias pertinentes, será devuelta al tribunal, en tiempo oportuno», destacaron los integrantes del máximo tribunal en un comunicado.
El expediente, que tiene más de 50 cuerpos, 13 imputados (entre los que se encuentran, además de la exmandataria, el ex inistro de Planificación Julio De Vido y el empresario Lázaro Báez), cuenta con más de 150 testigos, y se cuestionan 52 obras públicas adjudicadas a Austral Construcciones, ya se encuentra en manos de los jueces de la Corte.
En otro pasaje del comunicado, se argumentó la solicitud al TOF 2 al considerar que «de este modo se evitará reincidir en anteriores experiencias jurisdiccionales en las que por no haber ejercido un control oportuno, los procesos llevados adelante culminaron nulificandose por deficiencias procesales no atendidas en su debido momento, generando desconfianza en la sociedad».
Comunicado
El siguiente es el comunicado, completo, de la CSJN:
1. Que existen ante el Tribunal, además de la causa de referencia, un total de ocho recursos más que fueron deducidos por las partes en el marco de la causa principal 5048/2016, todos ellos en trámite,
2. Que el paso jurídicamente correcto fue solicitar los incidentes de la Cámara Federal de Casación Penal al Tribunal Oral Federal interviniente, que fueron recibidos por el Tribunal en fecha 17 de abril de 2019,
3. Que de la lectura de dichos legajos no surgieron elementos suficientes para poder resolver los planteos de las partes,
4. Que, en función de ello se solicitó con carácter de urgente el expediente principal al Tribunal Oral, medida ésta dispuesta por esta Corte Suprema,
5. Que esta medida es habitual en la Corte y ha sido adoptada en numerosas oportunidades,
6. Que esa decisión no tiene firma alguna de los ministros ni disidencias, y se concreta con la sola firma del secretario, tal como es de estilo y como fuera oportunamente publicado en el Centro de Información Judicial,
7. Que el pedido de autos solicitados por esta Corte no suspende el juicio oral en trámite, ni hubo decisión alguna del Tribunal Oral en ese sentido. La medida es al sólo efecto de examinar la causa que, una vez extraídas y certificadas las copias pertinentes, será devuelta a dicho tribunal, en tiempo oportuno,
8. Que en el contexto actual de las causas mencionadas podrán satisfacerse simultáneamente por un lado la necesidad de que los procesos judiciales en temas tan delicados avancen, y por el otro, el respeto del derecho de defensa de los imputados.
9. Que de este modo se evitará reincidir en anteriores experiencias jurisdiccionales en las que por no haber ejercido un control oportuno los procesos llevados adelante culminaron nulificándose por deficiencias procesales no atendidas en su debido momento, generando desconfianza en la sociedad.
10. Que la Corte debe cumplir con su misión de guardián de las garantías constitucionales que corresponden a todos los ciudadanos por igual, examinando el correcto cumplimiento del debido proceso conforme lo disponen la Constitución Nacional y las leyes dictadas en su consecuencia.
Un pampeano
Hay un pampeano entre los que irá al banquillo. Héctor Garro es un hombre oriundo de General Acha que estuvo mucho tiempo en el sur del país y que incluso formó parte de Austral Construcciones. Hace unos años regresó a La Pampa y compró campos y hoteles en Santa Rosa y Acha.
Está considerado “prima facie” coautor penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada por haberse cometido en perjuicio de una administración pública (arts. 45, y 173 inc. 7 en función del art. 174 inc. 5 del Código Penal, y arts. 306 y 310 del Código Procesal Penal de la Nación).
Garro ha dicho que a los 21 años partió de Acha rumbo al sur. “Vendí 425 hectáreas que recibí de una herencia”, había sostenido en declaraciones periodísticas.
Se instaló en 28 de Noviembre, un pueblo ubicado a 10 kilómetros del Yacimiento de Río Turbio, en el sur de Santa Cruz. Allí tuvo dos tiendas y fue concejal en 1991.
También armó una empresa de transporte. Fue contratista de Kank y Costilla, Gotti y otras conocidas empresas que terminaron siendo propiedad de Lázaro Báez. Después llegó a diputado provincial a mitad de los años ’90.
A su vez, en el año 2003 ocupó el cargo de presidente del directorio de la administración de Vialidad Provincial santacruceña. Dejó el cargo en 2003, cuando se desató una fuerte crisis política entre el expresidente Néstor Kirchner y el exgobernador Sergio Acevedo.
Hace un tiempo, al regresar a La Pampa, vendió 6 mil hectáreas que había comprado en Victorica. Con ese dinero, compró los hoteles Ecop de Acha y La Delfina en Santa Rosa.