El Tribunal de Impugnación Penal ratificó hoy la condena contra Oscar Alberto Oliva a tres años de prisión de cumplimiento efectivo y seis de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor que requiera habilitación por parte de autoridad competente, como autor de los delitos de homicidio culposo, por la conducción imprudente, negligente y ntirreglamentaria de un vehículo, en perjuicio de Romina Celeste Astudillo y Francisco Luis Astudillo, en concurso ideal con lesiones culposas gravísimas.
La Sala B, conformada por los jueces Filinto Rebechi y Mauricio Piombi, así lo comunicó al no hacer lugar al recurso de impugnación interpuesto el 27 de mayo por el defensor oficial de Victorica, Edgardo Javier Trombicki. De esta manera, confirmó en un todo el fallo que dictara, el 10 de mayo, la jueza de audiencia de Santa Rosa, Alejandra Flavia Ongaro.
Ella había dado por probado que el 26 de junio de 2017, a las 8.15, Oliva, un camionero de 50 años, circulaba por la ruta nacional 151, en sentido sur a norte, en un camión Scania –con acoplado cisterna– perteneciente a una firma petrolera, cuando entre los kilómetros 294 y 295 invadió el carril opuesto, embistiendo a una camioneta Chevrolet S10 que venía en dirección contraria.
Ese vehículo era conducido por Valeria Cintia Gurillo, a quien acompañaban sus sobrinos Romina Celeste Astudillo y Francisco Luis Astudillo, de 8 y 5 años respectivamente. Como producto de la colisión –señaló Ongaro en la sentencia–, se produjo la muerte instantánea de ambos niños, en tanto que la conductora sufrió múltiples lesiones provocándole además una debilitación permanente en su sistema inmunológico por cuanto, por las heridas recibidas, debió ser sometida a una esplenectomía de urgencia (extracción quirúrgica del bazo).