El Gobierno nacional dio a conocer este lunes los alcances del Decreto 347/20, publicado en la edición de hoy del Boletín Oficial, que abre la posibilidad a las estaciones de servicio de ingresar al Programa de Recuperación Productiva (REPRO) y la reducción del pago de contribuciones patronales.
La medida establece en su Artículo 4º que un comité integrado por funcionarios y miembros de la AFIP analizará los alcances de otro Decreto, el 332/20, que excluyó de la asistencia del Estado a las labores consideradas “esenciales” en la emergencia sanitaria, entre ellas las expendedoras de combustibles.
“Sin perjuicio de ello, y atendiendo a especiales circunstancias que hubieran provocado alto impacto negativo en el desarrollo de su actividad o servicio, los referidos sujetos podrán presentar la solicitud para ser alcanzados por los beneficios previstos en el presente decreto”, precisa ahora la nueva comunicación oficial.
La novedad había sido adelantada por el presidente Alberto Fernández al secretario general de FOESGRA, Carlos Acuña, durante un almuerzo que mantuvieron el pasado día viernes junto al jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, al ministro de Trabajo, Claudio Moroni y al secretario de Asuntos Estratégicos, Gustavo Béliz.
Según lo comentado al sitio surtidores.com.ar por el mismo Acuña a la salida del encuentro, “hubo un compromiso de que van a solucionar los problemas del rubro”.
Al ser consultado por la inserción de las expendedoras en el REPRO, el sindicalista respondió que “seguramente habrá medidas de alivio para las estaciones de servicio”.
De acuerdo a los números revelados por las estaciones de servicio, el aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno nacional para frenar el coronavirus tuvo un efecto inmediato en la demanda de combustibles y provocó una caída de ventas de hasta el 85% en todo el país.