Se publicó este lunes en el Boletín Oficial la disposición que promulga la ley 27.546 que limita las jubilaciones de privilegio de jueces, fiscales y personal del servicio exterior, que comenzará a regir a partir de este martes.
Se trata de la norma sancionada el 12 de marzo pasado por el Senado, que fija una nueva fórmula para calcular el haber inicial del sector, que hasta ahora era del 82% del último sueldo y que, desde mañana, se hará en base al promedio de las últimas 120 remuneraciones al valor actualizado.
El nuevo régimen jubilatorio para magistrados y funcionarios del Poder Judicial y Ministerio Público de la Nación incrementa además, en forma gradual, a 65 años la edad para acceder, en el caso de los hombres, al beneficio jubilatorio pero mantiene en 60 años la opción para las mujeres.
Para acceder a este régimen, tienen que haber trabajado un mínimo de 10 años seguidos en el Poder Judicial o 15 años en forma interrumpida de los 30 años que deberán haber aportado al sistema jubilatorio.