La diputada provincial Agustina García (UCR), junto a legisladores de ese bloque, elevó al Poder Ejecutivo Provincial dos iniciativas para disminuir el impacto negativo de la baja de ventas en el sector comercial y productivo de nuestra provincia, a raíz de la cuarentena obligada por la pandemia del Covid-19.
En uno de los proyectos, la legisladora radical pidió que se arbitre los medios necesarios para diseñar un plan para financiar la absolución total o parcial de deudas sobre las tarifas de los servicios públicos desde el inicio del aislamiento social, preventivo y obligatorio para aquellas micro, pequeñas y medianas empresas y comercios dedicados a actividades consideradas no esenciales que operan en La Pampa.
Desde esta iniciativa se solicitó ayuda directa al Ejecutivo a través del Ministerio de Producción y los entes reguladores provinciales en cuanto al pago efectivo de facturas de servicios públicos por parte de micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyME), industriales y de otro tipo.
Además, García amplió que la medida se imitada por las Municipalidades y Comisiones de Fomento a adherir y condonar las deudas de igual forma.
En el otro proyecto, la diputada radical, acompañada por Marcos Cuelle, Mauricio Agón, Andrea Valderrama, Estela Guzmán y Lorena Clara, también le planteó al Poder Ejecutivo Provincial subsidiar el 100% de la tasa de interés aplicada para las operaciones en descubierto de todas las cuentas corrientes de personas físicas o jurídicas en el Banco de La Pampa SEM.
“El proyecto tiene como objetivo disminuir las consecuencias económico-financieras sufridas en el sector productivo en el marco de emergencia sanitaria y el aislamiento social, preventivo y obligatorio. La pandemia causada por el virus Covid-19 afectó negativamente la actividad económica de nuestro país, resintiendo la cadena de pagos de una importante cantidad de Pymes que vieron disminuida su facturación a causa de las medidas sanitarias adoptadas”, argumentó la diputada de la UCR.
En el proyecto se arbitrarán las medidas necesarias para duplicar el monto para operar en descubierto en todas las cuentas corrientes del Banco de La Pampa SEM, cuyos titulares (sean estos personas físicas o jurídicas) tengan declarada una actividad no contemplada en el Artículo 6 del Decreto Nº 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.
La medida tendrá vigencia desde el 20 de Marzo de 2020 hasta el 19 de Marzo de 2021 inclusive, acreditando en las cuentas corrientes el monto total de los intereses computados en las operaciones en descubierto desde el 20 de Marzo de 2020 hasta la implementación de la presente.