Stella Maris Manzano, médica ginecóloga del hospital Zonal de Trelew, criticó el artículo 10 del proyecto de legalización del aborto, enviado por el Poder Ejecutivo Nacional, que se refiere a los médicos objetores de conciencia y exigió que, al menos, en los hospitales públicos se garantice la práctica sin profesionales objetores.
Manzano también integra la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir. “Le tenemos que avisar a Alberto (Fernández), que para que se garanticen abortos en los hospitales públicos, hay que prohibir la objeción entre quienes trabajamos en ellos. Que objeten en las clínicas privadas, si quieren, pero el Estado no puede contratar ni nombrar a quienes no quieren cumplir una parte muy importante de su trabajo”, expresó la médica rionegrina.
El proyecto de aborto legal que el Ejecutivo le propuso al Congreso autoriza la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14 de gestación y también se acompañó del proyecto que refiere al ‘Programa de los Mil Días’ para cuidar a la madre y a sus hijos, y establece, entre otros puntos, un pago de asistencia por hijos durante los primeros tres años y la extensión de la asignación universal por embarazo de seis meses a nueve, entre otros puntos.
El artículo criticado por Manzano, en el proyecto enviado por el PEN, es el número 10: “- OBJECIÓN DE CONCIENCIA: El o la profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. A los fines del ejercicio de la misma, deberá:
- Mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión.
- Derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones.
- Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica.
- Cumplir con el resto de sus deberes profesionales y obligaciones jurídicas.
El personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable.
No se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto.
El incumplimiento de los requisitos para ejercer el derecho de objeción de conciencia dará lugar a las sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda”.
Manzano aseguró que en este artículo, el presidente Alberto Fernández cedió a las presiones del Opus Dei (Iglesia Católica). “Ni en mis peores sueños imaginé que Alberto cedería a las presiones del Opus Dei y escribiría que solo obligarán a los médicos a realizar abortos cuando la persona ‘requiera atención médica urgente e impostergable’”, afirmó la profesional.
“No sabíamos que en el proyecto se permitiría la objeción de conciencia irrestricta, sin exigir ni siquiera un mínimo de 3 médicos, o uno, un o una pobre gil al menos por hospital, una gil que se quemará pronto porque una sola persona no puede hacer lo que deberían hacer entre 20 en un hospital”, explicó.
Y agregó: “Ni en nuestros peores sueños imaginamos que con palabras tan dulces como dice siempre, hablaría de derivación oportuna, de objeción individual y todo eso, pero sin decir jamás que los 15 individuos no pueden ser todos objetores, porque alguien debe atender a las mujeres. No dice a donde deben derivar los objetores, ni quién pagará la derivación, ni hasta donde será. Ya hay provincias enteras objetoras, ¿de nuevo seremos colonizadas por la CABA y ellos pondrán los centros nacionales de abortos, y pagaremos vuelos para abortos hasta allí? Vuelos, o colectivos, o nada, eso también hay que aclararlo. Es un derroche inútil de dinero, le complica la vida a las mujeres y niñas, y muchas nunca podrán llegar, porque no podrán pagar su viaje ni a pie”.
“Los médicos y médicas cuando leemos el proyecto y vemos a algunas feministas defenderlo sentimos dolor y desamparo. En el país se hacen muchos abortos que no se harían gracias a la redacción del protocolo 2015 y a la ley de derechos del paciente, que obliga a todos a atender abortos salvo que encuentren a otra persona que los haga dentro de su mismo hospital”, dijo Stella Maris Manzano.
“Imaginen que las mujeres digamos que no vamos a atender machos violentos, salvo que precisen atención urgente e impostergable. No medicaremos hipertensos, solo los atenderemos si ya sufrieron un infarto o tienen un ACV. A los diabéticos, solo los atenderemos si están en un coma hipo o hiperglucémico, con cetoacidosis instalada. ¿De qué sirve la atención en ese momento? ¿no es llegar tarde? ¿cuántos morirán o vivirán con secuelas graves luego de una atención tan tardía?”, sostuvo.
“Espero que entiendan lo grave de este permiso irrestricto para negar atención a niñas y mujeres embarazadas que no quieran continuar el embarazo, salvo que estén muriendo. Hay un grupo que solo puede ir a los hospitales. No todes vivimos en la CABA; o en grandes ciudades y provincias pobladas, no todas pueden pagar atención en una clínica o misoprostol por su cuenta o tener la información de con quién ir”, destacó la médica.
Y concluyó: “Algunas precisan ser internadas porque tienen 12 años y un embarazo de 20 semanas que ninguna socorrista puede atender bien, ni podrá calmar el dolor con morfínicos endovenosos, ni tomar muestra fetal para ADN para tribunales, para meter preso al violador. Y, nada casualmente es en el hospital donde se atiende a las que morían y mueren por usar sondas o tallos de perejil para abortar. Por ellas precisamos prohibición la objeción de conciencia en los hospitales públicos, al menos”.