El juez federal de Santa Rosa, Juan José Baric, rechazó “in límine” el recurso de amparo que presentó un grupo anti-vacunas que pedía que declarara inconstitucional la obligación de vacunarse y cuestionaba, incluso, la aplicaciones contra el coronavirus.
De esta manera, el juez refrendó la posición de la fiscala federal Iara Silvestre, que ya había dictaminado que no correspondía el amparo.
La presentación, a cargo del abogado Alfredo Marcelo Kinbaum, fue firmada por María del Carmen Morán, Francisco Miguel Coll, Ezequiel Francisco Coll, MaríaVirginia Coll, Vicente Fidel Mandrini, Julio Alberto Arias, Graciela Azucena Frezzi, José María Molinero, Verónica Lis Suárez y Claudio Sebastián Suárez.
Entre otros argumentos disparatados, este grupo sostuvo que el Estado pretende “apoderarse de los cuerpos” y “experimentar como lo hicieron los nazis” en las décadas del ’30 y ’40.
“Lo pretendido por los actores en el caso concreto de autos parece ser una declaración de inconstitucionalidad genérica respecto de la ley 27491, ya que en el escrito de inicio no aportaron dato alguno tendiente a conocer entre otras cosas qué autoridad los obligó, si se los intimó o no a ser vacunados o se les ha negado algún derecho”, dijo el juez.
“En relación a la vacuna contra el COVID-19, es necesario destacar que si bien el Congreso sancionó una ley de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el covid-19 (nro. 27573), esta no hace referencia alguna a la supuesta obligatoriedad de su aplicación”, sostuvo.
“Las vacunas del calendario son las obligatorias y esta es un caso extraordinario. Más allá de la legislación, en un contexto de riesgo sanitario como el actual, la Ley 27491 en su artículo séptimo faculta al Poder Ejecutivo Nacional para recurrir a una excepción, pero a la fecha el gobierno no ha dicho expresamente nada si hará uso de esa facultad”, dijo.
“Todo lo que expresan los accionados, y adhiero sin ambages a lo dictaminado por la Sra. Fiscala Federal, son alegaciones genéricas respecto de sus derechos a la libertad, autonomía de la voluntad y elección del plan de vida, pero no han dado razones concretas acerca de cómo la política pública de lucha contra el Covid – 19 ha afectado tales derechos, y ningún hecho particular respecto de la aplicación de la vacuna y como esto colisionaría con el contenido de la Constitución Nacional”, dijo Baric.
“En resumidas cuentas, no individualizaron el acto lesivo, ni precisaron la omisión por parte del Estado que lesione de manera actual o inminente alguno de sus derechos fundamentales”, finalizó.