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Armó una fiesta clandestina y deberá pagar una multa de 316 mil pesos

8 de septiembre de 2020
Armó una fiesta clandestina y deberá pagar una multa de 316 mil pesos

El Juez Municipal de Faltas de Santa Rosa, César Ortiz, informó que se le aplicó al organizador de una fiesta clandestina en una vivienda del barrio Villa Elisa, durante el mes de febrero, una multa de $ 316.648.05, que deberá abonar dentro del plazo de diez días hábiles.

Ortiz, en diálogo con Radio Municipal Santa Rosa, recordó que el expediente se inició al tomar conocimiento de la realización de una fiesta o evento social organizado durante el mes de febrero, antes de que la ciudad entrara en el período de cuarentena, pero con la particularidad de ser un evento de público acceso, a través del pago de una entrada, y desarrollado sin autorización en un salón situado en un domicilio particular del barrio Villa Elisa.





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No contaba con la habilitación municipal respectiva para tal actividad, sumado al hecho de que se constató el expendio de bebidas alcohólicas y se comprobó el ingreso y permanencia de niños y jóvenes de edades comprendidas entre los 13 y los 17 años, explicó el funcionario municipal.

Y afirmó que a la ya grave situación de organizar un evento de concurrencia masiva de personas en un lugar no habilitado a tal fin, el hecho de haberse comprobado la asistencia de menores de edad empeoró aún más la situación.

Recordó además que ante dichas circunstancias, se debió dar intervención a la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia de la Policía de La Pampa, para que desalojara el salón y restituyera a los menores a sus respectivos progenitores o adultos a cargo.





Ortiz sostuvo que de acuerdo a la Ordenanza N° 3218/2004 (de Espectáculos Públicos), según la gravedad de cada caso, la multa a aplicarse tiene como parámetros un máximo de hasta 25 veces la suma monetaria equivalente a la asignación mensual de un agente administrativo municipal categoría 16.

No obstante, según explicó el funcionario, dado que el organizador del evento no registraba antecedentes anteriores de infracciones similares, se determinó aplicarle como multa el equivalente a 15 veces la asignación mensual de un empleado municipal de categoría 16, en este caso, un total de $ 316.648.05, que deberá abonar dentro del plazo de diez días hábiles.

Por otro lado, comparando la sanción aplicada al organizador de otra fiesta clandestina que se desarrolló en un salón de la Avenida Perón durante el mes de junio en plena cuarentena, el Juez de Faltas explicó que el monto que se determinó como multa en ese caso fue menor, dado que la situación fue enmarcada como de una gravedad más leve, tomando en cuenta que no se constató la presencia de menores de edad como si se hizo en el evento del mes de febrero. Por ello, se consideró la aplicación de una sanción equivalente a las 10 asignaciones de mensuales de un agente municipal de la categoría 16.

Por otro lado, Ortiz recordó que sigue vigente en el marco de las acciones de prevención del Covid-19, la posibilidad de que los vecinos presenten sus descargos correspondientes a un acta de infracción, enviándolos por correo electrónico a la siguiente dirección web: [email protected], a fin de evitar que los mismos tengan que concurrir a las oficinas del Juzgado de Faltas para realizar dicha acción.

Para el resto de los trámites que se deben efectuar en forma presencial en dichas dependencias, existe la posibilidad de obtener un turno online, accediendo al turnero digital que posee el sitio web oficial del municipio, www.santarosa.gob.ar, desde la pestaña “Trámites online”, a través del cual se podrá concretar un día y horario específico para asistir al Juzgado de acuerdo a los turnos que se encuentren disponibles, dentro del horario de atención al público de lunes a viernes de 8 a 13 horas.


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