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Vaque


Pico: condenas por casos de violencia de género

28 de junio de 2018

El juez de control de General Pico, Diego Ambrogetti, condenó hoy a dos hombres de 49 y 53 años, por distintos casos de violencia de género, a penas en suspenso.





Todo Balde




En el primer caso, se lo condenó por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y amenazas simples, a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.

Además le fijó las siguientes reglas de conducta por el plazo de dos años: fijar domicilio y no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar aviso previamente al juez de ejecución penal y a la fiscalía interviniente; prohibición de acercamiento a no menos de 200 metros para con la víctima -su exesposa y madre de un hijo en común mayor de edad- y de los lugares que habitualmente concurra la misma; prohibición absoluta de comunicación y contacto con la nombrada; abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas y realizar un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

El fallo del juez fue dictado en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por la fiscal Ana Laura Ruffini, el defensor particular Luis Emilio Martín y el imputado quien admitió la responsabilidad de los hechos. La damnificada también prestó su conformidad respecto al acuerdo arribado por las partes.





Con las pruebas aportadas en el acuerdo, se encuentra debidamente acreditado que el 25 de marzo de este año, luego de que se generara una discusión con su pareja, el imputado le propinó un cabezazo en la frente a su exmujer, causando que la misma se cayera al suelo. Le aplicó golpes de puño, golpes con la mano abierta en su rostro y puntapiés en sus piernas. Posteriormente le vociferó a la mujer que si le decía al hijo que tienen en común, los iba a matar a los dos con un cuchillo.

El juez Ambrogetti consideró: “Con el imputado condenado, y teniendo presente lo manifestado por la víctima en la audiencia realizada personalmente con ella, se garantizan los estándares mínimos exigidos (…) dado que se trata de una respuesta oportuna y efectiva, la víctima fue oída personalmente por el juez en relación a lo que se va a resolver, su opinión es coincidente con el acuerdo arribado por la partes, así como también se protege su intimidad y se evita su revictimización, al no realizarse el juicio oral y público”.

Según los informes del Registro Nacional de Reincidencia, el imputado no registra antecedentes condenatorios.

Otra condena

Además, Ambrogetti condenó a otro hombre, de 53 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de daño simple, a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.

Además le fijó las siguientes reglas de conducta a cumplir durante el plazo de dos años: fijar domicilio, y en caso de modificarlo avisar previamente al juez de ejecución o fiscal; prohibición de acercamiento a no menos de 200 metros del domicilio actual de la víctima, y/o de los lugares que habitualmente concurra la misma; prohibición absoluta de comunicación y contacto con la nombrada; abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas; someterse a un tratamiento médico o psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

La sentencia se dictó en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Luciano Rebechi, el defensor oficial Guillermo Costantino y el imputado quien reconoció su culpabilidad. La damnificada -su expareja- al vivir actualmente en otra provincia, manifestó su conformidad vía telefónica.

El juez dio por debidamente acreditado que el día 11 de julio de 2016 , luego de romper la persiana de la ventana del inmueble donde residía su expareja, el imputado arrojó por la misma hacia el interior de la vivienda un objeto en llamas que provocó un incendio en el domicilio en cuestión, generando múltiples daños materiales.

La inexistencia de antecedentes condenatorios por parte del imputado permitió dictar la condicionalidad de la pena.






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