Este jueves, definitivamente, debería ponerse fin a la criminalización de pacientes y cultivadores solidarios de cannabis con fines medicinales: el Gobierno nacional publicó un decreto que establece la regulación del cultivo doméstico de cannabis y el expendio en farmacias de aceites y cremas producidas con esta planta cuyo uso humano se remonta atrás 10.000 años.
Con la nueva reglamentación presentada por el Poder Ejecutivo nacional este jueves, podrán entrar en el circuito de legalidad todos los cultivadores solidarios, familias y agrupaciones que, sin respuestas del Estado a pesar de la ley y a riesgo de ir presos, sostienen con mucha dificultad la demanda de los usuarios, cuyo crecimiento fue exponencial en los últimos tres años.
En esta lucha hay miles de familias. Entre ellas, la familia de Iñaki, un joven de Santa Rosa que padece epilepsia refractaria.
Sus padres son Paola Ruggero y Rodrigo Catalano, quienes desde hace años venían militando por esta ley -y su reglamentación- y han guiado y ayudado a otras familias para darle una mejor calidad de vida, salud, dignidad y bienestar a sus seres queridos. Recientemente incluso crearon la Asociación Civil Cannabis Medicinal La Pampa (CANNAPam). “Tanta lucha valió la pena. ¡Vamos carajo!”, escribió en las redes sociales, en la madrugada de este jueves, Rodrigo.
Iñaki padece de epilepsia refractaria. Tenía, hace unos 6 años, entre 40 a 50 convulsiones por día.
De promedio, eran unas dos por hora. Por eso debía tomar medio centenar de pastillas para intentar aliviar las crisis.
Ese combo de medicamentos finalmente fue sustituido por aceite de cannabis. “Ahora son solo una o dos convulsiones por día”, dijo Rodrigo a Diario Textual en una nota de 2018. “Hasta sus 16 años fue un preso químico. Fue un drogado farmacéuticamente. Y nosotros creíamos que iba a estar mejor, pero no. Nos dimos de que la situación se fue agravando. Llegó a tomar unas 40 o 50 pastillas de una medicación y jarabe. Que tal vez tranquilizan algo, pero van destruyendo hígado, estómago, neuronas. Y uno pensaba que la marihuana destruía…”, contó.
La nueva reglamentación fue publicada en el Boletín Oficial con la firma del presidente de la Nación, Alberto Fernández, cuyo gobierno había prometido apenas asumió revisar la ley 27.350, sancionada en marzo de 2017 y muy criticada por la comunidad de usuarios, médicos, militantes, cultivadores y empresarios interesados en el creciente negocio de la marihuana legal, una industria en expansión en todo el mundo. “Resulta impostergable crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno, seguro e inclusivo y protector de quienes requieren utilizar el Cannabis como herramienta terapéutica”, dice el texto.
Con esta nueva reglamentación, se cambia el paradigma y el escenario local, después de años de prohibición global y total.
La novedad más importante que contiene esta nueva reglamentación es, indudablemente, la mejora del artículo 8 de la ley, que incluye la autorización del cultivo personal y en red para los usuarios, investigadores y pacientes que se registren el programa nacional de cannabis y que, según el decreto firmado por el presidente hasta ahora la ley debía funcionar pero “que no se encuentra operativo”.
Ahora, tanto personas en su hogar como organizaciones cannábicas -la base de esta lucha que lleva más de una década y no termina en lo medicinal- y universidades podrán cultivar siempre que el fin sea terapéutico.
Hasta ahora, la tenencia de semillas y plantas aun en el ámbito privado y para consumo personal o terapéutico, estaba penado por la ley de drogas (23.737) con hasta 15 años de prisión. Al menos en el aspecto medicinal, esta regulación significa el fin de esa injusticia.
La reglamentación modelo 2020 habilita no sólo a importar productos medicinales de cannabis, que ya estaba permitido aunque solo para las epilepsias refractarias y vía ANMAT con un trámite engorroso, sino también a partir del expendio en farmacias habilitadas para vender y producir “formulaciones magistrales”, como aceites, tinturas o cremas. Es decir que quien no no quiera, no le interese o no pueda cultivar en su casa podrá conseguirlo sin dificultades. Hasta ahora, la mayoría de los usuarios que no accede al cultivador solidario consume en el mercado negro, sin control de la calidad de la sustancia.
Además, la nueva norma cortará el límite que impuso el modelo del gobierno de Mauricio Macri respecto de las patologías habilitadas para el tratamiento. A partir de la publicación de la nueva normativa no sólo tendrán el permiso los pacientes con epilepsias refractarias sino también el resto, cualquiera sea que obtenga efectos positivos.
El Estado sí garantizará la provisión gratuita para quienes no tengan obra social o cobertura de salud privada, y a los inscriptos en programas específicos de organizaciones públicas, algo que sí ocurría actualmente pero con poco éxito, al ser exclusivo para epilepsia refractaria y al no tener promoción ni campañas públicas. El gobierno anterior apenas consiguió que se inscriban para el tratamiento “de investigación” menos de 300 pacientes. De hecho, el año pasado el Estado, después de rebajar el Ministerio de Salud a Secretaría, redujo el presupuesto para el Programa Nacional de Cannabis, al que le destinó menos de 1.000 pesos por día.