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«Yo te doy todo, me tenés cansado, te voy a matar»

6 de julio de 2018
«Yo te doy todo, me tenés cansado, te voy a matar»

El juez de control santarroseño Carlos Matías Chapalcaz condenó a un albañil de 28 años a seis meses de prisión en suspenso, por ser autor de los delitos de amenazas simples y lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, en concurso real, los cuales deberán ser valorados en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.

El primer hecho ocurrió 4 de noviembre de 2016. El acusado estaba fuera de una vivienda junto con sus amigos ingiriendo bebidas alcohólicas y cuando su pareja salió a preguntarle qué estaba haciendo, la agarró del cuello, la llevó hacia la casa, cerró la puerta, la arrojó sobre la cama y comenzó a propinarle golpes en la cara mientras le manifestaba: ‘yo te doy todo, me tenés cansado, te voy a matar (…), yo no le tengo miedo a nadie, vas a hacer lo que yo diga, vos me volvés loco”.





Moran Polo




En medio de esa situación, la hija de ambos se subió a la cama y mordió al imputado en la cara y en el brazo para que deponga su actitud, ante lo que éste le expresó a su pareja: “mira cómo se pone la nena, ahora ustedes dos se van a quedar acá y yo me voy a ir y no te vayas porque te voy a buscar y te voy a cagar a palos”.

El hombre se retiró de la vivienda y las dejó encerradas con llave, hasta que la víctima pudo comunicarse con su vecina, quien dio aviso a la madre de ella, y pudieron abrir la puerta con la llave que se encontraba puesta del lado de afuera.

El otro hecho ocurrió el 10 de febrero pasado cuando el acusado estaba en su auto con su pareja, en el predio de la laguna Don Tomás, en Santa Rosa, y le dijo: “te voy a matar, no me importa nada, ni vos ni la nena ni nadie”.





El hombre siguió amenazándola: «hoy me iba a buscar un fierro, no me importa nada y ahora vamos para tu casa y más vale que te quedés adentro y no salgas a ningún lado».

Con posterioridad, cuando llegaron al domicilio que compartían, la tomó del cuello con una mano, y cuando la damnificada le advirtió que el lugar estaban un tío y un hermano suyo, la soltó y comenzó a discutir con ambos.

El fallo de Chapalcaz fue dictado como consecuencia de un pedido de juicio abreviado presentado por el fiscal Andrés Eduardo Torino, el defensor oficial Martín García Ongaro y el acusado. La víctima también prestó su consentimiento.

Las partes también convinieron que el agresor cumplas las siguientes reglas de conducta durante un plazo de dos años, bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la sanción impuesta: fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de ejecutar  todo acto de perturbación y/o intimidación que directa o indirectamente afecte a su ahora ex pareja y realizar un tratamiento psicológico.

​Otro caso de violencia de género

El juez de control de Santa Rosa, Nicolás Casagrande Lorences, condenó a J.F.L. como autor de los delitos de amenazas simples, daño simple y violación de domicilio en concurso real, y lesiones leves concursando todo ello realmente, valorados en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.

El conflicto penal se resolvió por la vía alternativa del juicio abreviado acordado entre el fiscal Marcos Sacco, la defensora oficial María Silvina Blanco Gómez y el imputado, un desocupado de 32 años que admitió la autoría de los hechos.

En un legajo se acreditó que el 8 de mayo de 2016, ingresó a primera hora a la casa de una expareja que estaba durmiendo, dañó un portón y se abalanzó sobre ella diciéndole “yo no tengo que estar acá, te voy a matar, yo soy así por tu culpa”. Posteriormente le propinó golpes de puño y patadas en las piernas, sin ocasionarle lesiones.

En la otra causa quedó probado que el 18 de febrero del año pasado entró a una vivienda, donde estaba durmiendo la hermana de la expareja, pidiéndole dinero. Ante la negativa de la mujer, la agredió físicamente con golpes de puño y patadas en el rostro, la cabeza y el abdomen, causándole lesiones.

Al imputado se le impusieron las siguientes obligaciones por dos años: fijar residencia, concurrir mensualmente al Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de relacionarse de modo alguno con su ex pareja, ni acercarse a menos de 200 metros de su domicilio, abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas, y realizar un tratamiento psicológico relacionado con la problemática por la que fue condenado.






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