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Un jubilado de 72 años, condenado a solo 6 años de cárcel por violar a una adolescente

26 de marzo de 2021
Un jubilado de 72 años, condenado a solo 6 años de cárcel por violar a una adolescente

Un jubilado de 72 años de edad fue condenado a solo 6 años de prisión por violar a una adolescente en un pueblo del sur pampeano.

Los abusos ocurrieron en 2018 y años anteriores en un pueblo ubicado sobre el río Colorado. La adolescente, que ahora tiene 15 años, fue atacada en la casa del jubilado durante al menos cinco veces, según el fallo al que accedió Diario Textual.





Estelares




Ahora el juez Daniel Sáez Zamora dictó la sentencia. Según dijo, dio por probado que el jubilado invitó a la chica a su propia casa, donde la abusó con “amenazas” e incluso “cachetadas”.

Los defensores del abogado dijeron que era una “causa armada” por la Policía, pero el magistrado lo desestimó: se apoyó en el relato de la joven y de otras pruebas.

“Ha quedado debidamente probado que el imputado tuvo el conocimiento y la voluntad necesaria para desplegar su conducta para conseguir un fin determinado (la relación sexual), afectando la libertad sexual de la víctima, lo que constituyen los elementos necesarios para configurar el dolo directo y específico, requerido para el delito analizado y que afectó el bien jurídico tutelado penalmente, que en este caso concreto es arrebatarle a una persona la posibilidad de elegir con libertad y sin condicionamientos, cuándo, dónde y con quién iniciar y mantener su vida sexual”, dijo el magistrado.





La Fiscalía pidió 12 años de prisión, en tanto que la defensa solicitó la absolución o, subsidiariamente, la pena mínima para este tipo de delito, es decir, 6 años.

El juez dijo que correspondían los 6 años. “La fiscalía solicitó doce años de prisión, sin ofrecer mayores fundamentos de porqué corresponde dicha sanción”, cuestionó. “A fin de resolver este tópico, valoro como elementos positivos la falta de antecedentes penales computables por parte del acusado y que posee un trabajo que le permite ganarse el sustento. Por otro lado, su edad (72 años) y esa falta de antecedentes, me permite presumir que fue una persona que no ha tenido mayores conflictos con la ley penal. Por otro lado, la fiscalía no ha probado cuál es la extensión del daño sufrido por (…), por los hechos investigados. Tampoco se probó si esos eventuales daños se extendieron a la totalidad del núcleo familiar”, sostuvo. “A fin de graduar la pena a imponer, entiendo que el efectivo encierro que implica la imposición de la pena conforme el delito tipificado, necesariamente obliga a analizar las consecuencias personales que sufrirá el imputado, dado que el mínimo previsto en la escala penal es de por sí muy elevada, ya que comienza con seis años años de prisión, ello teniendo en cuenta la forma en que se tipificaron los hechos y como dije más arriba la edad del acusado. (…) Dado que la fiscalía no aportó fundamento suficiente para respaldar el pedido sancionatorio y la falta de pruebas sobre la extensión del daño ya analizado, entiendo que no puedo apartarme del mínimo legal previsto por la norma, por lo que considero justo y equitativo que corresponde imponer una pena de seis años de prisión por los delitos tal como se encuadraron”.

De esta manera, fue condenado a 6 años de prisión por ser autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal por haber sido cometido mediando violencia e intimidación, como delito continuado. Por el momento, hasta que quede firme la sentencia, tendrá prisión domiciliaria.






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