El juez Gastón Boulenaz declaró este martes como «culpable» del delito de abuso sexual al sacerdote Hugo Pernini: dijo que se comprobó que violó a un adolescente, cuando era menor de edad, en una casa contigua a la Iglesia Luján, en Santa Rosa. Además, le dictó la prisión domiciliaria.
Hoy, al mediodía, se dio a conocer a Diario Textual la sentencia. Ahora se espera que, en una nueva audiencia a desarrollarse el día 16, se fije pena que deberá cumplir el sacerdotes: podría ser de 8 a 20 años de cárcel. De todas maneras, se descuenta que Pernini apelará la sentencia.
Pernini fue encontrado culpable del delito de abuso sexual simple, gravemente ultrajante y con acceso carnal, agravados todos por ser el autor ministro de un culto religioso.
Además, Boulenaz dispuso el arresto domiciliario del acusado hasta la finalización del presente proceso, con control electrónico de vigilancia. En caso de que ello no sea factible, deberá practicarse un control policial consistente “en la concurrencia a su vivienda en forma espontánea y diaria –al menos en dos oportunidades-; teniendo que informarse de esos controles a la Oficina Judicial” de Santa Rosa.
Asimismo mantuvo las prohibiciones de contacto –por cualquier medio– con respecto a la víctima y a los testigos, en los términos en que lo había resuelto, oportunamente, el juez de control, Carlos Chapalcaz.
El último punto de la parte resolutoria de la sentencia fue no hacer lugar al planteo de prescripción de la acción penal que había solicitado la defensora.
Agustín -nombre ficticio del denunciante, para preservar su intimidad- dijo que los abusos se concretaron cuando era menor de edad en la casa contigua que ocupaba el sacerdote en la Iglesia de Luján, en la calle Lope de Vega. Allí concurría porque había ingresado al Grupo Espíritu Santo de esa parroquia.
El joven llegó a calificar como “un depredador sexual” al sacerdote. “Todo hombre, adolescente o niño que había ido a la Iglesia de Luján, sabía”, dijo.
El cura, en tanto, se defendió. “Soy inocente de todo lo que se me acusa”, afirmó.
El fiscal del caso es Walter Martos y la defensora del cura Vanesa Ranocchia Ongaro.
Con las pruebas reunidas durante el juicio oral, Boulenaz descartó la inocencia del sacerdote. Por el contrario, afirmó que los abusos ocurrieron, tal cual había sido la teoría del caso del fiscal Walter Martos.
El juez señaló que Pernini “abusó sexualmente mediante tocamientos, sexo anal y oral” al joven de 17 años (ya había cumplido 18 cuando los abusos concluyeron), agregando que ello ocurrió entre mayo y diciembre de 2007 “dentro del predio de la Iglesia Nuestra Señora de Luján, sita López de Vega y Leguizamón, en Santa Rosa; más precisamente en los departamentos en los cuales residía el imputado, por ser el sacerdote a cargo de dicha iglesia”.
El magistrado detalló que “allí existieron múltiples episodios, siendo el primero en el departamento de huéspedes, ubicado frente a la casa parroquial (…) Con posterioridad, los abusos ocurrieron casi a diario”.
“Este tipo de abusos fueron reiterados –incluso uno de ellos en la ciudad de Buenos Aires– hasta el mes de julio de 2007, para luego continuar bajo la modalidad de tocamientos –tal como lo ocurrido a fines de diciembre de ese año–; momento en el que se presentaba el pesebre viviente”, indicó Boulenaz.
Con relación a la prescripción, la defensa de Pernini había sostenido que el último acto en contra de la víctima habría ocurrido el 9 de julio de 2007 y, por lo tanto, al momento de la denuncia la acción penal ya estaba prescripta porque había pasado el plazo máximo de 12 años.
El tribunal, por el contrario, afirmó que los “los delitos fueron perpetrados de forma continuada” y, por esa razón, la prescripción había que analizar en función del artículo 63 del Código Penal. En tal sentido, indicó que la cesación de los delitos se produjo el fin de semana anterior a la Navidad de 2007, con el llamado a prestación declaración de imputado, el 6 de diciembre de 2019, se interrumpió el término de la prescripción.