El juez de audiencia de Santa Rosa, Andrés Olié, condenó hoy a Guillermo Javier González y Matías Alejandro Mendoza a siete años de prisión, por ser autores del delito de abuso sexual cometido, en forma sucesiva y en una ocasión, aprovechándose de que la víctima no pudo consentir libremente la acción, agravado por haber existido acceso carnal. Además enmarcó los hechos en un contexto de violencia de género. La víctima fue una joven que, al momento de los abusos, tenía 19 años.
Olié, con las pruebas reunidas durante el juicio oral, dio por acreditado que los dos acusados ejecutaron actos sexuales sobre la damnificada, cuando ella “no se encontraba en condiciones de consentir un acto de esa naturaleza, producto de la excesiva ingesta de alcohol”.
“No hay duda que ambos –de modo sucesivo- ejercieron actos de violencia sexual” sobre la víctima, añadió el magistrado, y detalló que ocurrieron entre las 7.30 y las 8.15 de la mañana, durante un ‘after’, a la salida de un local nocturno.
En la vivienda donde ocurrieron los abusos había un grupo de siete jóvenes, pero en ese lapso horario solo habían quedado los imputados –de 22 y 31 años–y la víctima, ya que el resto había salido a comprar bebidas.
Durante los alegatos, el fiscal Walter Martos pidió una pena de siete años para González y Mendoza. Para fundamentarla se basó en un video grabado ese día en el celular del primero de ellos, en la declaración testimonial de una amiga de la víctima –que debió ser detenida para que concurriera al debate– y en el informe de una psicóloga forense.
El defensor particular, Carlos Alberto Pérez Funes, en cambio, alegó por la absolución lisa y llana de los acusados y, subsidiariamente, solicitó que sean absueltos por el beneficio de la duda. Aseguró que las relaciones fueron consentidas entre personas adultas y en un lugar donde había más gente. Su teoría del caso fue que la víctima le dijo a González “borra el video o te denuncio” porque lo que le preocupaba era que “tuviera difusión a través de las redes sociales”.

