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Pese a fallo en contra, La Pampa extendió la caza con jauría y reclamó “debate amplio”

15 de septiembre de 2022
Pese a fallo en contra, La Pampa extendió la caza con jauría y reclamó “debate amplio”

El Gobierno provincial, pese a un fallo de la Cámara de Apelaciones de Santa Rosa que declaró inconstitucional el transporte de perros para la caza con jauría en La Pampa, anunció este jueves que extenderá este tipo de actividad hasta el 30 de septiembre. En los últimos días hubo manifestaciones de cazadores en Santa Rosa y en las próximas horas preparaban, directamente, un acampe frente a Casa de Gobierno.

“Consecuentemente se autoriza el vareo de perros luego de que comience la veda”, según lo informó el Ministerio de la Producción a través de la Disposición N° 533/22. 





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El Gobierno interpreta que la sentencia de los camaristas declaró la inconstitucionalidad del artículo 26 del Decreto 2218/94, que regula el transporte de perros, pero no de la ley que habilita la caza con jauría. Sin embargo, en el fallo de las camaristas Marina Alvarez y Laura Torres se indica que se declara la inconstitucionalidad de la caza con jauría: “Propicio -dice en su voto la jueza Alvarez, al que adhiere luego Torres- la revocación de la sentencia dictada por la jueza de la anterior instancia (NdeR: Adriana Pascual) y, de compartirse mi voto, a declarar la inconstitucionalidad de la modalidad de caza con jauría que incorpora reglamentariamente el art. 26 del Dcto.2218/94 y demás disposiciones que en ese mismo sentido se encuentren vigentes tales como la Disposición nº 019/22, porque de acuerdo a lo antes explicitado, se encuentran en colisión con lo estatuido por la ley 14136 que prohíbe el maltrato animal y no se ajustan a esa norma de superior jerarquía y cuya aplicación reviste primacía (art. 31 CN)”.

El Gobierno provincial, a través de la Fiscalía de Estado, presentó un recurso extraordinario y ahora es el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa el que debe definir.

Según el Estado provincial, hay una “errónea aplicación de la Ley” y una “arbitrariedad de la sentencia” porque “resulta equívoco comprender y/o sostener que la Ley Nº 1.194 no autoriza la modalidad de caza con jaurías”.





“Se considera prioritario tener estrategias conjuntas de manejo para la gestión efectiva del jabalí, en términos biológicos. Esto evitará futuros escenarios de invasión que impliquen altos costos ambientales y socioeconómicos. En este contexto, la caza por jauría en la provincia de La Pampa, aplicada a mediana escala por un número importante de cazadores, contribuye a mantener las densidades bajas en el actual contexto, de ahí que se haya tomado la decisión de que la actividad se siga desarrollando”, comunicó el Gobierno.

“El planteo presentado por la Provincia se basa en que un caso interpartes no puede declarar una inconstitucionalidad general para la actividad de la caza con jauría. No es razonable prohibir, en medio de la temporada de caza, una política pública de control como la descripta, denotándose que las Camaristas analizaron la cuestión desde una óptica limitada, en el marco de un proceso no idóneo, el cual actualmente se encuentra a la espera de una resolución por parte del Superior Tribunal de Justicia, quedando luego de eso abierta la posibilidad de recurrir a la instancia de la Corte Suprema de Justicia”, sostuvo.

Ahora, además, el Gobierno planteó la “necesidad de abordar el tema, a través de una convocatoria general, para ser tratado en un amplio debate, donde estén presentes y sean oídas las distintas partes involucradas en el caso y no como insustancialmente plantean las juezas de Cámara” de Apelaciones.

La Fiscalía de Estado plantea que la vía excepcional elegida -el amparo- no es la idónea ni adecuada para debatir el presente asunto que involucra a aspectos sociales,  culturales, ambientales, económicos y biológicos que deben discutirse con la amplitud necesaria para que los distintos actores involucrados puedan exponer sus posiciones, ya sea de manera individual, colectiva o por intermedios de las autoridades que han elegido, tanto en distintas asociaciones, fundaciones, ONG, entidades, legisladores e integrantes de las áreas específicas del Poder Ejecutivo, como es la Dirección de Fauna, Subsecretaría de Asuntos Agrarios, y Subsecretaría de Ambiente.

“Como se expuso al contestar la demanda, el debate debe ser profundo, objetivo, desprovistos de fanatismos y, sobre todo, constructivo; con la única finalidad de lograr una solución que contemple todos los aspectos y circunstancias que manifiestamente exceden el sumarísimo trámite de un amparo”, agregó el Estado.






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