Tres jueces santarroseños condenaron a penas de prisión –en un caso de cumplimiento efectivo y en el resto en suspenso– a cinco agresores de parejas y exparejas. En cuatro de las cinco sentencias los delitos fueron enmarcados en la ley 26.485 de Protección Integral contras las Mujeres.
A su vez, los cuatro condenados con prisión de ejecución condicional deberán cumplir con reglas de conducta durante dos años (entre ellas abstenerse de vincularse con las víctimas, realizar tratamientos psicológicos y no abusar de bebidas alcohólicas), bajo apercibimiento de revocárseles esas sanciones.
Así, la jueza de control María Florencia Maza condenó a un Isaías Josué Carra a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por resultar autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja, el que debe ser valorado en un contexto de violencia de género, de conformidad con lo establecido en el ley 26.485, según informó Prensa del Superior Tribunal de Justicia.
Con las pruebas incorporadas al expediente durante la investigación fiscal preparatoria, quedó acreditado que el 9 de julio pasado, en circunstancias en que el imputado se encontraba en su domicilio, “sentando en el comedor con su pareja (…), se generó una discusión al plantearle la víctima que necesitaba un tiempo para repensar la relación”. A raíz de ello, se generó “un fuerte intercambio de palabras, que culminó cuando el victimario corrió hacia la víctima, arrojándole un puntapié que le impactó de lleno en el rostro, provocando que caiga al suelo y causándole lesiones en el ojo derecho”.
El abreviado fue convenido entre el fiscal Raúl Miguez Martín, el defensor oficial Juan José Hermúa y el acusado, un albañil y repartidor de verdura de 32 años con antecedentes penales. La damnificada, al ser notificada del acuerdo, dio su aprobación y pidió que se le informe cuando Carra quede en libertad o eventualmente obtenga algunos de los beneficios previstos en la ley 24.660 (salidas transitorias, libertad condicional, prisión domiciliaria, etc.). En la parte resolutiva del fallo, la jueza dispuso que una vez que quede firme, el condenado deberá constituirse dentro de los cinco días de notificado para dar cumplimiento con la pena.
Segundo caso
También Maza condenó a Aldo Sebastián Vivanco a seis meses en suspenso por lesiones leves calificadas por la relación de pareja, en concurso real con daño, las cuales deben ser enmarcados en las disposiciones de la ley 26.485. El abreviado fue acordado entre el fiscal Andrés Torino, la defensora oficial Paula Arrigone y el imputado, un boxeador profesional, pintor y panadero de 28 años. La damnificada, al ser notificada por el Ministerio Público Fiscal, también dio su consentimiento.
Con las pruebas reunidas en el legajo penal, se probó que el 18 de octubre del año pasado, se originó una discusión entre el acusado y su pareja, en la vivienda de ésta última, y aquél “le propinó un golpe de puño en el estómago”. En esas circunstancias, la mujer intentó irse del lugar y Guiñez Vivanco le dio otras dos trompadas en el estómago. A su vez, dos meses antes de esa fecha aproximadamente, el imputado había forzado la puerta de ingreso del departamento de la víctima, provocando daños en ella, una repisa y un perchero.
Tercer caso
La misma magistrada condenó a Marcelo Miguel Bauza a un mes de prisión en suspenso, por el delito de desobediencia judicial, ya que el 31 de mayo del año pasado “realizó varias llamadas” desde su teléfono a una ex pareja, quien a su vez había cambiado de número “debido a que no había dejado de molestarla desde que finalizaron la relación”, según puede leerse en el fallo que dio a conocer Prensa del STJ.
Asimismo, el imputado “molestó a familiares y amigos de la denunciante, enviando mensajes por Facebook y Whatsapp, y comunicándose vía telefónica con dos alumnas (de la víctima) con el objeto de que le informen su nuevo número telefónico”. Todo ello ocurrió cuando Bauza tenía dictada, una restricción de acercamiento y contacto con respecto a la ex pareja, que había sido dictado dos meses antes por el Juzgado de la Familia, Niños, Niñas y Adolescentes N° 2.
El juicio abreviado fue propuesto por el fiscal Miguez Martín, el defensor oficial Claudio Martínez –subrogante de Mariel Annechini– y el propio acusado, un empleado rural de 45 años. Los patrocinantes de la querella no comparecieron a una audiencia; no obstante el Ministerio Público Fiscal le explicó a la damnificada los alcances del acuerdo y ella dio su consentimiento.
Cuarto caso
Por su parte, el juez de audiencia Carlos Besi condenó a Camilo Ezequiel Mena –28 años, cadete– a ocho meses de prisión en suspenso por lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, en dos hechos independientes entre sí, enmarcadas en la ley 26.485 de Protección Integral contras las Mujeres.
El magistrado dio por probado que el 21 de febrero de 2016 el imputado fue a la casa de una ex pareja, y tras una discusión, “la agredió físicamente mediante golpes de puños”, provocándole lesiones. Dos días después, el imputado volvió al mismo lugar y le dio “un golpe de puño”, produciéndole una herida en el ojo izquierdo. El abreviado fue convenido entre el fiscal Marcos Sacco, el defensor oficial Pablo De Biasi y el acusado.
Quinto caso
Finalmente, el juez de control Néstor Daniel Ralli condenó a Diego Horacio Toledo a seis meses de prisión de ejecución condicional por ser autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja. El abreviado lo acordaron el fiscal Miguez Martín, el defensor particular Leandro Lobato Espinalla y el acusado, un changarín de 39 años.
¿Cuál fue el hecho? El 31 de mayo pasado, bien entrada la noche, el imputado –en el domicilio que compartía con su pareja– “luego de una escena de celos, le propinó un golpe de puño en el pómulo izquierdo” a la mujer, haciéndola caer al suelo y causándole lesiones.