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Las jubilaciones se ajustarán por inflación desde julio y antes habrá aumentos a cuenta

25 de marzo de 2024
Las jubilaciones se ajustarán por inflación desde julio y antes habrá aumentos a cuenta

Las jubilaciones se actualizarán mensualmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) a partir de julio próximo, y no desde abril, como había comunicado el viernes último el Poder Ejecutivo al hablar de movilidad jubilatoria. En tanto, las prestaciones de abril tendrán un extra de 12,5%.

El decreto de necesidad y urgencia (DNU) 274/2024, que fue publicado este lunes en el Boletín Oficial, deroga la fórmula de movilidad previsional que se utiliza actualmente, y la reemplaza por el uso del índice inflación de dos meses atrás, al tiempo que determina que estas medidas que se harán efectivas a partir del próximo semestre.





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En abril y mayo se otorgarán reajustes determinados por el Poder Ejecutivo, que además serán considerados a cuenta del incremento que surja de la modalidad jubilatoria. Ya la primera suba de las jubilaciones por decisión exclusiva del Gobierno queda muy debajo de lo que pide la oposición, que es del 20%.

En tanto, en junio, se aplicará por última vez la fórmula de aumento de las jubilaciones que está vigente actualmente y que se acaba de considerar para el aumento de los haberes previsionales este mes de marzo, pero es a cuenta de esta suba que se darán los anticipos.

Y en junio, se actualizará esa última cifra por la inflación, mientras que el Gobierno espera que el aumento de precios mensual haya caído fuertemente.





Se argumentó que “con el objeto de dar respuesta de forma rápida y eficaz a la acuciante realidad que enfrentan los adultos mayores de la República Argentina, el Estado Nacional ha tomado la determinación de modificar la actual fórmula de movilidad a fin de garantizar que nunca más los haberes de los jubilados perderán contra la inflación”.

A partir de dicha premisa, el Ejecutivo consideró que “es necesario establecer una nueva pauta de movilidad basada en la actualización mensual de los haberes de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)”.

Asimismo, sostuvo que “el cambio de componentes de la fórmula y su actualización mensual permitirán la implementación de una política eficiente de la seguridad social que considere el índice de costo de vida, logrando la plena efectividad de los derechos de la sociedad conforme el máximo de los recursos de que se disponga, de conformidad con las normas internacionales en la materia”.

Al mismo tiempo, justificó el cambio por DNU en que “la urgente necesidad de modificar la fórmula jubilatoria a los efectos de lograr mantener el estándar de vida de los adultos mayores y evitar que continúen perdiendo poder adquisitivo y el inminente inicio del mes de abril, cuyo transcurso dificultaría el debido empalme de fórmulas dan cuenta de las circunstancias excepcionales que exigen el dictado del presente decreto”.

De esta manera, el decreto estableció que las prestaciones se actualizarán mensualmente por inflación a través del IPC oficial y determinó que “en ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario”.

Al respecto de la entrada en vigencia de la nueva fórmula, el Gobierno especificó que la primera actualización en base a la movilidad dispuesta “se hará efectiva a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al mes de julio de 2024”.

De cara a los meses que quedan hasta la aplicación de la modificación, el Ejecutivo dispuso que “a los fines de la transición, para la determinación de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, resultará aplicable la fórmula vigente a la fecha de dictado del presente”.






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