El gobernador Sergio Ziliotto interpuso, a través de la Fiscalía de Estado, una demanda ante la Corte Suprema de Justicia para que se ordene al Estado Nacional a pagar en forma inmediata la deuda del Gobierno Nacional en concepto de déficits de las cajas previsionales. El monto adeudado supera los 5 mil millones de pesos.
La demanda se fundamenta en el incumplimiento del Pacto Federal de 1999, ratificado por ley 25.235, y de las leyes 27.260 y 27.701, luego de agotada la vía administrativa ante la falta de respuesta a los reclamos provinciales. También se plantea la inconstitucionalidad del reciente DNU 280/24 que pretende derogar la citada normativa.
El primer mandatario pampeano ya había advertido públicamente sobre el riesgo en que se ha puesto las cajas previsionales de la provincia al puntualizar que, en virtud del DNU del Gobierno nacional, el Estado provincial se vio obligado a solventar con fondos propios sumas que deben ser pagadas por la Nación.
“No es la primera vez que se interpone un recurso de este tipo”, manifestó el Gobierno provincial y recordó que la demanda anterior ocurrió en el 2017, con el entonces gobernador Carlos Verna. Ello derivó en un acuerdo con el Gobierno Nacional en 2021 percibiendo la provincia los déficits de 2009 a 2014. Y mediante gestiones administrativas se recibió lo correspondiente a los años 2017 a 2020 y a los anticipos que marca la normativa, hasta 2023.
“La manifiesta falta de pagos por incumplimiento de anticipos mensuales, la omisión de realizar simulaciones y sus consiguientes auditorías, la negación a pagar las sumas debidas en concepto de actualización y la posterior actitud asumida al dictar el DNU 280, prueban acabadamente que el Estado Nacional incumple en forma flagrante el marco normativo vigente desde 1999, generando un grave perjuicio a la Provincia, desfinanciando sus Cajas Previsionales y obligándola en consecuencia a asumir con recursos propios dicho déficit”, resumió el Gobierno pampeano.
Perjuicio
“La actitud del Estado nacional de no realizar las simulaciones, negarse a abonar los adelantos, eliminar las partidas presupuestarias, dañan la autonomía de la provincia y la forma de gobierno federal que nuestra Constitución establece. De continuar esta situación se verán perjudicadas las personas que perciben sus jubilaciones, afectando gravemente una prestación de carácter alimentario”, dijo el Gobierno.
A la actualidad se deben las sumas correspondientes a la diferencia en más de lo que resulta de las actualizaciones correspondientes al déficit previsional del período 2020 (deducido lo ya percibido como capital histórico) conforme el ÍNDICE SIPA (Índice de Movilidad Jubilatoria del Sistema Integrado Previsional Argentino), déficit de los años 2021 y 2022 -períodos de los que aún no realizaron las correspondientes Simulaciones- la actualización de los adelantos recibidos del 2023 y los períodos vencidos del año 2024 (enero, febrero, marzo).
La deuda, estimada por auditorías realizadas por el Instituto de Seguridad Social del año 2024, calculadas al 31 de marzo, es de $5.104.478.586,96.
A ello se suman los déficit de 2020, 2021, 2022 y 2023. Cabe aclarar que del año 2020 solo se reclama la actualización, habida cuenta que el anterior Gobierno nacional efectivizó el pago de ese período. Del resto de los años se reclama el déficit actualizado, descontando los anticipos recibidos, explicó.
Inconstitucionalidad del DNU
En la misma demanda se solicitó se declare la inconstitucionalidad del Decreto 280/2024, emitido por el Poder Ejecutivo, mediante el cual bajo falsas premisas de urgencia y necesidad incorpora diversas disposiciones que modifican el presupuesto vigente.
“Específicamente, y en lo referido a esta materia, sostiene que resulta necesario delimitar determinados artículos de la Ley 27.701 de Presupuesto General de la Administración Pública Nacional, decidiendo que los artículos 92, 93 y 94 de tal normativa no se encuentran comprendidos en la prórroga dispuesta por el artículo 1 del Decreto N°88/2023”, añadió el Poder Ejecutivo pampeano en su planteo.
Esta decisión conlleva a la modificación de partidas presupuestarias que tiene un impacto relevante en la Sistema Previsional Provincial, incurriendo el Poder Ejecutivo Nacional en un apartamiento intempestivo de la relación jurídica tuitiva que el Estado Nacional y la Provincia de La Pampa mantienen como política de Estado con los jubilados, pensionados y retirados de la jurisdicción que no han sido transferidos al Sistema Nacional de Jubilaciones y Pensiones.
“Tal decisión produce un importante daño en las finanzas de la Provincia de La Pampa, incurriendo el Sr. Presidente en un acto de gravedad institucional violatorio de los artículos 1, 28, 29, 75 inc. 22 y 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, conculcando certeramente la forma republicana, representativa y federal del Sistema de Gobierno, la razonabilidad de los actos de gobierno, como también se atribuye la suma del Poder Público (art. 99 inciso 3). Se solicita a la Corte declare su inconstitucionalidad y así proteja derechos adquiridos de jubilados, pensionados y retirados”, sostuvo la demanda pampeana.
“Las diferencias políticas se deben discutir en los ámbitos propicios para su solución, y no por medios de presión que involucran y/o perjudican a estamentos vulnerables de la sociedad”, dijo.
Por las razones expuestas y en atención a la gravedad y urgencia del caso, se solicitó a la Corte Suprema de Justicia que como medida cautelar se deje sin efecto el Decreto N° 280/2024 de fecha 26/03/2024 mediante el cual se elimina los artículos 92, 93 y 94 de la Ley 27.701 y se instaure el sistema, ordenando al Estado Nacional abonar los anticipos mensuales a la Provincia de La Pampa en la materia conforme al derecho vigente.
“La eliminación de los anticipos y actualizaciones del déficit de la Caja Previsional, afecta los derechos adquiridos de naturaleza alimentaria de jubilados, pensionados y retirados del ISS, y de la Provincia de La Pampa conforme a la extensa y sólida relación jurídica que al respecto mantenía hasta el 25/03/2024 con el Estado Nacional respecto al pago del déficit previsional de las cajas no transferidas a Nación. Todo lo cual acredita la existencia de los elementos esenciales para la procedencia de la cautelar requerida”, agregó el Gobierno provincial.
Precedente judicial
Desde el Estado pampeano se recordó que la situación que se demanda ya se suscitó en el pasado, o sea que Estado Nacional dejó de realizar las auditorías y consecuentemente pagar el déficit, la Provincia de La Pampa, por lo cual se había accionado judicialmente en 2017 ante la Corte reclamando el pago del déficit previsional como así también la realización de las auditorías.
“En la anterior gestión del Gobierno nacional, se arribó a un acuerdo respecto del cual Nación reconoció como plenamente legítimo este reclamo de La Pampa. En efecto, en el marco del expediente judicial se arribó a un acuerdo de pago -se recordó- el día 27 de agosto de 2021 por el cual se percibió la deuda correspondiente a los años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014 y el Estado Nacional abono a la Provincia la suma de dos mil doscientos veintinueve millones ($2.229.000.000,00) de pesos”.