La sesión de la Cámara de Diputados de La Pampa, donde se iba a poner a votación el proyecto de ley denominado “aporte solidario”, finalmente se cayó: la oposición apeló nuevamente a no dar quorum para imposibilitar que el peronismo logre la sanción de esta ley clave para el Gobierno de Sergio Ziliotto que establece, por seis meses, un aumento de los impuestos a los sectores más acaudalados para recaudar dinero que será destinada a alimentar a las familias vulnerables de la provincia.
El proyecto impulsado por Casa de Gobierno iba a tener 15 votos del peronismo y 15 en contra de la oposición. Por eso se descontaba que debía desempatar, a favor del proyecto, la presidenta de la Legislatura, Alicia Mayoral.
Finalmente, la oposición decidió no bajar al recinto. Ya en marzo, para presionar en la conformación de las comisiones, había apelado a una maniobra similar.
¿Cuál fue el principal argumento opositor? Que es una ley especial, por lo que se requiere para su aprobación al menos 16 votos (es decir, mayoría especial). Para el Frejupa, no es así.
La oposición y el oficialismo, con dos comunicados de prensa enviados a Diario Textual, defendieron sus posturas.
La posición de la oposición
Los bloques de la UCR, PRO – MID y CO explicaron por qué no dieron el quorum necesario para sesionar. “La decisión fue tomada luego de que el bloque oficialista confirmara, durante la reunión de Labor Parlamentaria, que el Proyecto de Ley de ‘Creación del Impuesto Solidario’ (NdeR: usaron una chanza, porque en rigor se llama ‘aporte solidario’) sería tratado como Ley General y no como Ley Especial”, sostuvieron.
Dijeron que en los términos del artículo 69 de la Constitución Provincial, este tipo de proyectos de ley, que “autorizan gastos”, requieren una mayoría de la mitad más uno de los miembros de la Cámara de Diputados para su sanción.
“Ante la insistencia del oficialismo de vulnerar la Constitución Provincial (…) como una ley general y no especial como verdaderamente corresponde, consideramos que la única herramienta que teníamos era no dar quórum y así no convalidar con nuestra presencia la ilegalidad y la inconstitucionalidad de la propuesta del oficialismo”, sostuvieron.
“Además, el Artículo 106 de la Constitución Provincial, establece que el Contador General de la Provincia solo debe dar su conformidad cuando este gasto sea avalado por leyes especiales, modificando así a la ley general de presupuesto. La Constitución de La Pampa le asigna expresamente a una ley de este tipo el carácter de especial, y por lo tanto no existen dudas que para su sanción se requiere una mayoría específica. En este caso, dieciséis votos afirmativos”, insistieron.
“Nuestra postura ha sido siempre proponer alternativas a las fuentes de financiamiento al Fondo Alimentario Extraordinario Provincial que se pretende crear, sin incrementar la presión tributaria sobre los contribuyentes pampeanos. Que se haga cargo el oficialismo, ellos han sido quienes generaron impúdicamente la pobreza y la indigencia en la provincia de La Pampa”, finalizaron.
Por qué no es una ley especial, según el peronismo
Desde el bloque de diputados del Frejupa (comandado por el PJ) sostuvieron que “es ilógico” que la aprobación del presupuesto sea por mayoría simple y que modificarlo, que implique un gasto, requiera mayoría especial.
“Una lectura armónica del texto constitucional deriva en que la ley de Presupuesto de Gastos y Recursos se aprueba por mayoría simple. Resulta ilógico, entonces, que la aprobación de cualquier otra norma que la modifique al implicar un gasto, requiera mayoría especial. Surge nítidamente que el Proyecto de Ley de creación del Fondo Alimentario Extraordinario constituye, entre otras disposiciones, una modificación a la actual Ley de Presupuesto nº 3575”, dijeron en el dictamen firmado por Espartaco Marín.
“El artículo 30 del texto propuesto ratifica dicho criterio: faculta al Poder Ejecutivo ‘a incrementar las partidas de gastos y recursos y realizar las modificaciones correspondientes del Presupuesto General Ejercicio 2024’, explicaron.
“La primera aclaración resulta destacar que la interpretación y aplicación de la Constitución Provincial, al igual que otros textos normativos, requiere de una lectura armónica de sus disposiciones. La Constitución de la Provincia de La Pampa establece tres tipos de normas: 1.- ley aprobada por mayoría simple; 2.- las leyes especiales y; 3.- la ley general de presupuesto”, sostuvieron.
“El principio general es que para la sanción de una ley bastará la simple mayoría de votos de los diputados presentes. Asimismo, es clara al establecer que para la sanción de las leyes especiales que autoricen gastos se requiere que sean aprobadas por el voto de la mitad más uno de los miembros del Cuerpo, como lo fija su artículo 69”, afirmaron.
“Ahora bien, ¿toda ley que autorice un gasto es una Ley especial?, la respuesta es no. Ello porque si tenemos en cuenta que la mayoría de las leyes implican una afectación presupuestaria, todo proyecto de ley requeriría de una ley especial pues no existe derecho sin una fuente de financiación que lo sustente”, dijeron. “Entonces las Leyes Especiales que requieren la mayoría del artículo 69 son aquellas que cumplen dos requisitos: a. enmarcarse en aquellos supuestos que la constitución indica como requisito la sanción de una ley especial (artículos 18, 40, 41, 42, 50, 68 inc 13, 69, 82, 106, 111 y 125) y; b. autorizar un gasto”, mencionaron.
“No existe un artículo en la constitución que diga: ‘aquellas disposiciones que autoricen un gasto requieren una ley especial’, siendo inconstitucional cualquier interpretación que quiera hacer decir a la constitución algo que no dice”, explicaron.
“A su vez, caeríamos en el absurdo que la mayoría de las leyes son leyes especiales, invirtiendo el principio general y forzando la Constitución. Entonces, ¿qué es una Ley Especial? Si bien no existe en nuestra constitución una definición, la respuesta surge de la lectura armónica del texto constitucional provincial que en forma clara especifica qué tipos de supuestos deben ser regulados por leyes especiales”, dijeron.
“¿La aprobación de la Ley de Presupuesto de cada ejercicio necesita una mayoría especial ? Rotundamente No. Esta postura se refuerza si analizamos que ni siquiera para la ley de presupuesto la Constitución provincial exige una mayoría especial. El propio artículo 68 habla del presupuesto y de las leyes especiales como dos supuestos diferentes, el mismo criterio utilizado en el artículo 106”, analizaron en el Frejupa.
“Un análisis parcializado y fuera del texto constitucional establecería un mecanismo ilógico fijando la aprobación del presupuesto por mayoría simple pero la aprobación de cualquier otra norma que implique un gasto, o sea que la modifique, requiera de una mayoría especial”, finalizaron.
Cómo se conformaría el aporte
La iniciativa, según viene reiterando Casa de Gobierno, afectará a solo el 1% de la población pampeana. Y no alcanzará a ningún sector productivo.
Para el llamado “aporte solidario” hay dos dictámenes. Uno es impulsado por el Frejupa (comandado por el PJ), que metió la cuchara al proyecto elaborado por el Gobierno de Sergio Ziliotto: propone la suba de impuestos por seis meses al sistema financiero, al Casino Club, a los funcionarios de mayores ingresos y a los grandes contribuyentes. En Casa de Gobierno buscan recaudar, según sus cálculos, 17.500 millones de pesos en seis meses para destinar a las familias más pobres.
Otro dictamen es de la UCR, el PRO y el MID que, a través de un “proyecto espejo”, directamente saca de los aumento de los impuestos al sistema financiero -que en el proyecto oficialista aportaría unos 11 mil millones de pesos- y a los grandes contribuyentes. Para recaudar, establece que el 100% del Fondo de Desarrollo Comunal (Fodeco) sea girado a los municipios, de acuerdo al índice de coparticipación, con destino específico a asistencia alimentaria. También incluye como aportante al Casino. En tanto, con respecto al aporte de funcionarios y legisladores, el dictamen opositor determina que deberán aportar el 20% los sueldos mayores a 1,5 millones de pesos.
Comunidad Organizada, en tanto, ya avisó que irá por el rechazo a ambas iniciativas.