Hace menos de un mes, se anunció que dos ONG’s presentarán una demanda al Estado nacional ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por el incumplimiento del fallo de 2020 que obliga a Mendoza a soltar agua del río Atuel en el oeste pampeano. La demanda fue elaborada por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, a través de la Consultora de la Universidad Nacional de La Pampa (UNLPam), y la impulsarán la Fundación Chadileuvú y la Asociación Civil Asamblea por los Ríos Pampeanos. Independientemente de esta demanda, ya en 2023 se presentó en forma particular el abogado Omar Gebruers ante la comisión interamericana para denunciar la violación a los derechos humanos. En ese marco, dijo el letrado a Diario Textual, hay dos novedades: pidió que la causa tenga “prioridad” para su tratamiento en el organismo y, además, la defensora de los Derechos de Adolescentes, Niñas y Niños de la Argentina, Marisa Graham, presentó un “lapidario informe” sobre los efectos del corte del Atuel entre los más chicos.
¿Qué dice ese informe de Graham? “La resolución del conflicto -expresó la defensora en la nota enviada a la Comisión Interamericana de DDHH, a través de la Cancillería- debe fundarse en la sustentabilidad del ambiente afectado, la recomposición de la biodiversidad, el fortalecimiento de la economía y aseguramiento del caudal de agua necesario para las generaciones venideras”.
“Todo lo dicho -agregó- adquiere especial relevancia por el impacto diferenciado en las niñas, niños y adolescentes en el acceso al agua o el acceso deficiente, puesto que constituyen un colectivo con mayor exposición a las perturbaciones de la degradación ambiental. Resultan física y fisiológicamente más vulnerables que los adultos y, debido a su edad, transcurren mucho más tiempo en ambientes hostiles. A medida que aumenta el impacto territorial de la falta de agua, se reduce su proyección al futuro, influyendo en la pérdida de oportunidades. Las afectaciones al derecho a la salud y a la seguridad alimentaria vinculadas a la falta de acceso al agua y la degradación ambiental, impactan de forma aguda en el derecho a una existencia digna y a condiciones básicas para el ejercicio de derechos humanos como la educación, el esparcimiento o la identidad cultural”.
“El incumplimiento de sentencias emanadas del máximo tribunal, que versen sobre el respeto de los derechos humanos conllevan a una situación de inseguridad jurídica y trae aparejada la eventual responsabilidad internacional del Estado”, dijo la defensora. “Cuando no se ejecutan las sentencias o no se llevan a cabo las acciones dispuestas, se niega a las víctimas cuyos derechos humanos fueron vulnerados, una reparación adecuada. Asimismo, el paso del tiempo sin una respuesta acorde profundiza, en el caso, las vulneraciones de derechos humanos a niñas, niños y adolescentes, los habitantes hoy adultos que han tenido que desplazarse para lograr un futuro mejor, o incluso aquellos que han permanecido en las tierras pampeanas viendo mermada su proyección de vida, han sido niños y niñas a las que se le ha negado el acceso al agua potable para su desarrollo, esparcimiento y supervivencia”.
Graham recordó que la provincia de La Pampa, a través de la Defensoría Provincial de Niños, Niñas y Adolescentes viene realizando hace años, espacios de escucha y participación para niñas, niños y adolescentes especialmente afectados por la escasez hídrica de la provincia, recopilando información sobre el impacto de la problemática ambiental. “Entendemos que esos espacios deben ser fortalecidos y replicados, a los fines de hacer llegar a la Comunidad Internacional sus voces por lo que solicitamos, en caso de que esta petición, prosiga, pueda incorporase dicho material”, dijo la defensora.
El 16 de julio de 2020, la Corte Suprema de Justicia de la Nación fijó que Mendoza debe garantizar un caudal inicial mínimo permanente de 3,2m3/s en el ingreso del río Atuel a La Pampa. Sin embargo, el ecocidio no se ha detenido y el río sigue seco. Por eso es importante la intervención de organismos internacionales para hacer cumplir el fallo al Estado nacional.
El impacto de la desertificación
Graham resaltó que investigadoras del Instituto de Geografía de la Universidad de La Pampa concluyeron que el impacto por la desertificación de la zona, producto de la falta de recorrido del cauce del río Atuel, provocó la movilidad de la población como formas de resistencia y adaptación a las transformaciones del ambiente.
La privación de agua significó pérdidas económicas: los proyectos agrícolas fueron abandonados y los productores de la zona se vieron obligados a readaptar su forma de vida a la falta de agua, tuvieron que suplantar actividades por otras que no formaban parte de sus pautas tradicionales.
La defensora destacó que el uso de recursos naturales como el agua, debe realizarse de manera sostenible y sustentable sin una explotación indiscriminada que impacte negativamente en el efectivo goce de los derechos de las personas, específicamente de niñas, niños y adolescentes.
Prioridad
En septiembre de 2023, Omar Gebruers viajó a Estados Unidos y presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una medida cautelar para que ese organismo obligue al Estado argentino “a cumplir o hacer cumplir el fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que ordenó a Mendoza la liberación de un caudal mínimo de 3,2 metros cúbicos por segundo en el Puente de los Vinchuqueros”. En mayo, en tanto, presentó la demanda para que se resuelva la cuestión de fondo, según dijo. Y esta semana, además, agregó el pedido para que el tema sea considerado “prioritario” en el seno de la comisión.