La Dirección General de Defensa Civil y la Dirección General de Recursos Naturales acordaron, de común acuerdo, extender la temporada de quema de bosque-monte hasta el día 7 de septiembre, bajo los parámetros establecidos en la disposición 47/25.
Se aclaró que las personas autorizadas para la realización de esa actividad serán aquellos productores y productoras que ya solicitaron la correspondiente autorización ante la Dirección de Defensa Civil y fueron aprobadas. “Es fundamental seguir el procedimiento establecido y respetar las fechas programadas para evitar posibles incendios forestales. La decisión de extender la temporada se da en base a los estudios realizados sujetos a las condiciones ambientales reinantes del momento”, se informó en un parte de prensa.
Estos son los principales puntos a tener en cuenta:
– La realización de la quema prescripta siempre debe realizarse bajo las condiciones ambientales de temperatura, humedad y viento establecidas.
– Poseer el permiso aprobado no equivale a poder realizar la quema cuando se decida de manera unilateral. Además de contar con el permiso, siempre la quema debe contar con la autorización operativa de Defensa Civil y se debe avisar a vecinos y puesto policial más cercano.
– El profesional es co-responsable de la realización de la quema y su firma tiene carácter de declaración jurada.