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Una medida genera alerta en Utelpa: docente que se enferma pierde parte del descanso anual

5 de diciembre de 2025
Una medida genera alerta en Utelpa: docente que se enferma pierde parte del descanso anual

La Unión de Trabajadores de la Educación de La Pampa (Utelpa) denunció públicamente que el Gobierno provincial comenzó a notificar en las últimas horas a las escuelas de la aplicación de un (al menos) polémico artículo que afecta a los docentes: si una persona tuvo licencias por enfermedad o por un accidente laboral, se pierde parte del descanso anual o las vacaciones que le corresponde. La medida generó la furia de dirigentes del sindicato, quienes pidieron derogar la norma. Dijeron que el objetivo es “disciplinarlos”, en medio de una puja por los aumentos salariales y las mejoras laborales. “Las licencias médicas y las enfermedades profesionales son derechos protegidos, no privilegios que puedan recortarse”, resaltaron.

Diario Textual pudo saber que, en rigor, el Ministerio de Educación notificó a las instituciones educativas de esta normativa el 25 de febrero de 2025. Además, que se aplica en forma generalizada los estatales -sean o no docentes-.





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En 2017, se incorporó esta exigencia en la Ley de Presupuesto 2018. Se aplica a toda la administración pública y entes autárquicos y descentralizados. El artículo 28 sostiene que “el período de tiempo que los agentes se encuentran en uso de licencia por largo tratamiento o por accidente de trabajo, no genera derecho a licencia para descanso anual. Si en un mismo año una persona trabajó una parte y la otra estuvo con licencia, sólo tiene descanso anual por vacaciones en la parte proporcional al período trabajado”.

Derogación

Por lo pronto, desde el sindicato pidieron derogar ese artículo. “Desde UTELPa expresamos nuestro rechazo absoluto al Artículo 28 de la Ley N° 3056, una medida que constituye un grave retroceso en materia de derechos laborales y que afecta directamente al conjunto de las y los trabajadores de la educación”, dijeron en un comunicado de prensa.





“Esta normativa aparece justo después de un paro con acatamiento de casi del 100% y en respuesta a la medida, sabemos que no se aplica en toda la administración pública (distintas reparticiones) y es la primera vez que deciden aplicarla al colectivo docente con una clara intención de disciplinarnos”, expresaron.

“La ley 3056/2018 desconoce la salud laboral, al plantear que las licencias por enfermedad o accidentes de trabajo no generen derecho a la licencia anual. Esta definición implica penalizar a quien se enferma o padece un accidente, y rompe con principios básicos de protección del trabajo docente”, resaltaron.

“Desde UTELPa afirmamos con claridad: El derecho al descanso es una garantía constitucional. La salud de las y los trabajadores no puede ser moneda de ajuste. Las licencias médicas y las enfermedades profesionales son derechos protegidos, no privilegios que puedan recortarse”, dijeron.

“No vamos a permitir políticas que desvaloricen o castiguen el trabajo docente. Continuaremos informando al colectivo docente frente a cualquier intento de avanzar sobre nuestras conquistas laborales. Porque la educación pública se sostiene con trabajo digno, con salud garantizada y con respeto a los derechos de quienes todos los días estamos en las escuelas”, finalizaron.

Un ejemplo

Dirigentes del sindicato, ante una consulta de este portal, explicaron en qué los afecta. “El máximo de licencia de descanso anual de las docentes es de 45 días; son las que tienen mayor antigüedad. Como la fecha de presentación de las y los docentes es el 2 de febrero de 2026, a esos docentes que tienen 45 días de licencia, les correspondería regresar a las escuelas el 17 de febrero. Pero, con este artículo 28, se les descuentan los días que tuvo de licencia. Es decir, si tuvo, por ejemplo, 20 días de licencia, tendría 20 días menos de vacaciones. Así deberá presentarse el 2 de febrero, la fecha estipulada de apertura de las escuelas para los docentes”, contaron.






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