Un productor agropecuario fue condenado a un año de prisión de ejecución condicional como autor de amenazas agravadas por haber sido cometidas con un arma, contra un veterinario del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria que había ido a su campo a vacunar animales. Además, tendrá que realizar 120 horas de trabajos comunitarios para la Municipalidad de Alpachiri.
El establecimiento donde ocurrió el hecho está ubicado en la zona rural de Alpachiri. Hasta ahí llegaron tres médicos veterinarios del Senasa, uno de ellos supervisor de zona, para cumplir con sus tareas profesionales. Cuando los vio, Darío Ariel G. (62 años) le expresó al supervisor que lo “cagaría matando”, a la par de que exhibía “un arma de fuego larga que tenía colgada en su espalda”. Por ello, los veterinarios se retiraron del lugar sin cumplir sus tareas.
A su vez, tres semanas más tarde, el imputado fue interceptado en el propio campo con una carabina Magnum, “careciendo de la documentación respectiva para su tenencia, de acuerdo a la normativa legal vigente”. Esa arma fue entregada voluntariamente por el acusado luego de ser formalizado por las amenazas.
Acuerdo
La sentencia condenatoria fue rubricada por el juez de control de General Acha, Diego Ariel Asin, al aceptar un acuerdo de juicio abreviado presentado en forma conjunta por el fiscal Héctor David López, los defensores particulares José Luis Orozco y Casandra González y el propio imputado, quien reconoció la autoría del ilícito. El denunciante brindó también su consentimiento en la audiencia donde se le explicaron los alcances del acuerdo.
El magistrado le fijó además al productor, según lo convenido entre las partes, una serie de reglas de conducta por el término de dos años: fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, no entrar en contacto con la víctima, abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas y realizar trabajos comunitarios para la Municipalidad de Alpachiri (distribuidos en 10 horas semanales durante tres meses).
Redes sociales
Por otra parte, Asin condenó a un hombre a tres años de prisión en suspenso por ser autor de los delitos de lesiones graves calificadas por el vínculo y desobediencia judicial en perjuicio de una expareja, y en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral contras las Mujeres.
Con las pruebas reunidas por el Ministerio Público Fiscal quedó acreditado que Jorge Luis C., de 63 años, agredió físicamente a su expareja cuando estaban en un barrio ubicado a las afueras de Ataliva Roca.
El agresor, “al querer ver las solicitudes de amistad y notificaciones que poseía la víctima en sus redes sociales, y no lograr su cometido producto de la falta de conexión a internet”, se ofuscó, discutió con la mujer, la tomó del cabello y la arrojó al suelo, según se describió en el fallo.
Luego la trasladó hasta el Hospital Favaloro, en Santa Rosa, donde se constató que había sufrido una fractura en el brazo derecho. El imputado la dejó ahí y se fue, aunque antes le dijo que si lo denunciaba pensara “qué pasaría después”.
Días más tarde, y pese a tener dictada una restricción de acercamiento y contacto hacia la expareja, el hombre se acercó a menos de 100 metros de su vivienda en Santa Rosa, tal cual lo reportó el sistema de monitoreo de dispositivos duales.
La sentencia de Asin fue dictada luego de admitirse un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Héctor López, el defensor particular Gastón Gomez y el propio acusado, quien admitió su responsabilidad penal. La mujer, de 36 años, también brindó su consentimiento, aunque en la audiencia con el juez quiso saber cómo proceder ante algún incumplimiento del agresor.
El magistrado resaltó en la resolución que “la víctima sufría situaciones de violencia física y psicológica desde aproximadamente ocho o nueve meses” antes de la denuncia, y que ellas “habrían comenzado con malos tratos, llegando en oportunidades a tomarla del cuello con sus manos e insultarla, o amenazándola con hacerle daño”.
Asin, por aplicarse una pena de ejecución condicional y no registrar antecedentes penales, dispuso que tendrá que cumplir con las siguientes reglas de conducta durante dos años: fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de modo absoluto de entrar en contacto con la damnificada, no usar estupefacientes ni abusar de bebidas alcohólicas y realizar un tratamiento psicológico.


