Un hombre de 57 años fue condenado a tres años de prisión efectiva por administración infiel, luego de comprobarse que defraudó a su tía y madrina al vender casi 500 vacunos sin autorización en un campo de la zona rural de Arata.
El fallo, informó el área de Prensa de la Justicia, fue dictado por el juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, quien encontró a Carlos María Arrigone como autor material y penalmente responsable del delito. El juicio se desarrolló el 12 y 13 de marzo, con la intervención de la Fiscalía y la querella particular.
De acuerdo a la investigación, el condenado vendió “en negro” 498 novillos que pertenecían a la víctima, sin su conocimiento ni consentimiento, y se quedó con el dinero sin rendir cuentas. Los animales estaban en un campo propiedad de la damnificada.
Venta sin autorización y perjuicio millonario
Las pruebas permitieron acreditar que la maniobra se concretó entre fines de 2023 y comienzos de 2024. El imputado, que tenía un vínculo de confianza con la víctima y conocimientos en la actividad agropecuaria, aprovechó esa relación para disponer del rodeo como si fuera propio.
El perjuicio económico fue considerado grave, ya que no solo implicó la pérdida de los animales -valuados en alrededor de mil millones de pesos, según un informe actualizado- sino también la imposibilidad de continuar con la producción, lo que afectó directamente la actividad comercial de la damnificada.
Durante los alegatos, la Fiscalía había solicitado una pena de tres años y cuatro meses de prisión, mientras que la querella pidió una condena mayor al encuadrar el hecho como abigeato agravado. La defensa, en tanto, requirió la absolución por el beneficio de la duda.
Por qué fue condenado por administración infiel
El juez descartó la figura de abigeato agravado al sostener que ese delito está vinculado a la sustracción de ganado sin relación previa entre las partes. En cambio, consideró que en este caso existía un vínculo que encuadra en la administración infiel, ya que el acusado tenía la obligación de rendir cuentas y desvió en su beneficio dinero ajeno.
“No rindió cuentas de la venta de los animales y se quedó con el dinero que le correspondía a la damnificada”, sostuvo el magistrado al fundamentar la sentencia.
Confianza traicionada y agravantes
Pagano enumeró múltiples circunstancias agravantes, entre ellas la confianza depositada por la víctima, su edad avanzada, el impacto en su salud, el conocimiento técnico del imputado, la facilidad para cometer el hecho, la falta de arrepentimiento y la ruptura del vínculo familiar.
También valoró que existieron denuncias previas por estafa, en las que el acusado fue sobreseído por aplicación del principio de oportunidad, lo que —según el juez— evidencia una conducta proclive a este tipo de delitos.
Como único atenuante, se tuvo en cuenta la falta de antecedentes condenatorios.
Prisión efectiva
Si bien la escala penal permite condenas en suspenso, el juez resolvió que la pena sea de cumplimiento efectivo debido al peso de los agravantes y a la conducta del imputado.
Además, destacó que el condenado no intentó reparar el daño, persistió en su accionar perjudicando a la víctima y actuó con el objetivo de resolver su situación económica a costa del patrimonio de su tía, lo que consideró “totalmente reprochable”.


