El juez de control santarroseño Carlos Matías Chapalcaz condenó hoy a Juan Carlos Esteban Castillo a tres meses de prisión de efectivo cumplimiento, declarándolo reincidente, por ser autor de los delitos de hurto simple y robo simple, concursando ambos en forma real entre sí. La víctima principal fue un hombre de 90 años.
El condenado tuvo vigente un pedido de detención durante casi dos meses y fue aprehendido, por personal de la Secciona Primera el domingo 16 de este mes, por lo que terminó siendo juzgado y penado en apenas 11 días.
La sentencia fue dictada como consecuencia de un pedido de juicio abreviado presentado por el fiscal Facundo Emanuel Bon Dergham, el defensor oficial Martín García Ongaro y el propio imputado, un vendedor de autos y comisionista de 26 años que reconoció la autoría de los hechos y se encuentra detenido en la Seccional Primera. El nonagenario, al ser informado del acuerdo, dio su consentimiento.
En el legajo se probó que el 8 de septiembre pasado, poco después del mediodía, Esteban Castillo tocó timbre en una vivienda de la calle Córdoba, en Santa Rosa, y lo atendió un hombre de 90 años. El acusado, ejerciendo violencia sobre él, empujándolo y haciendo que caiga al piso, le sustrajo mil pesos, un celular, un anillo tipo alianza de oro –que tenía puesto– y un teléfono inalámbrico, para luego retirarse del lugar.
Previamente, el acusado había ingresado a un supermercado de la avenida Luro y, sin ejercer fuerza, hurtó una lata de cerveza de una de las heladeras. Para su condena se tuvo en cuenta como prueba una filmación.
Chapalcaz dio por acreditados ambos delitos, considerando que se incorporó como prueba de cargo lo declarado por los denunciantes, el parte policial de novedades, un disco compacto con videofilmaciones, capturas fotográficas y el secuestro de la lata de cerveza; todo ello corrobora la vinculación del encartado con los hechos. Y agregó que deben concursar materialmente al resultar independientes entre sí, tratándose de unidades delictivas diferentes.
El juez, en los abreviados, no puede imponer penas más gravosas a las requeridas por el Ministerio Público Fiscal, según lo establece el artículo 382 del Código Procesal Penal de La Pampa.
Por último, Chapalcaz dispuso que se consulte a los damnificados si desean ser informados acerca de los planteos defensivos por los que el acusado pueda ser incorporado a regímenes especiales antes de que finalice el cumplimiento de la pena.
Esteban Castillo ya había recibido dos penas unificadas. La primera, un año y ocho meses de prisión efectivos por hurto agravado, dictada por la Segunda Cámara del Crimen de San Rafael, Mendoza el 29 de agosto de 2013; y la segunda, firmada por el juez de audiencia de Santa Rosa, Gastón Boulenaz, el 30 de junio de 2016, a tres años de cumplimiento efectivo por lesiones leves, abuso sexual simple y violación de domicilio, todos los delitos en concurso real. En ambos casos se trató de juicios abreviados.

