La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) declaró su competencia originaria en la demanda presentada por la provincia de La Pampa contra el Estado Nacional por la distribución de fondos del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional (ATN) y dio intervención al Poder Ejecutivo para que responda.
La causa fue iniciada por la administración pampeana mediante una acción declarativa de inconstitucionalidad para reclamar que los recursos correspondientes al uno por ciento, asignado al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional, integren la masa de fondos coparticipables y sean distribuidos automáticamente entre las provincias.
Según planteó La Pampa, la ley 23.548 de Coparticipación Federal establece que el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional pertenece a las provincias y debe ser distribuido por el Estado Nacional para atender situaciones de emergencia y desequilibrios financieros provinciales.
En la presentación judicial, la provincia sostuvo que, frente a un contexto de emergencia económica generalizada, el Estado Nacional “se ha apropiado en forma indebida de fondos que no le pertenecen, omitiendo concretar la distribución que la ley de Coparticipación lo obliga a realizar según principios constitucionales”.
El gobernador Sergio Ziliotto impulsó la acción a través de la Fiscalía de Estado encabezada por Romina Schmidt y con el patrocinio del constitucionalista Andrés Gil Domínguez.
Competencia
La demanda llegó directamente a la Corte Suprema por la vía de la competencia originaria y apunta a modificar el modo en que se distribuyen los ATN.
El máximo tribunal corrió vista a la Procuración General que consideró que “el proceso corresponde a la competencia originaria de la Corte en razón de las personas” y remarcó: “Toda vez que la Provincia de La Pampa -a quien le concierne la competencia originaria de la Corte, de conformidad con el art. 117 de la Constitución Nacional- demanda al Estado Nacional, con derecho al fuero federal, según lo dispuesto en el art. 116 de la Ley Fundamental, esa es la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales”.
En línea con ese criterio, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti resolvieron que la causa se tramite ante el máximo tribunal y corrieron vista al Estado Nacional para que presente su respuesta a la demanda.
Desmentida
La semana pasada, el Gobierno de La Pampa salió a desmentir las afirmaciones realizadas este miércoles por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, quien aseguró en el Congreso que no existen registros de solicitudes de Aportes del Tesoro Nacional (ATN) efectuadas por la Provincia.
Desde el Gobierno provincial remarcaron que se cursaron tres notas y ninguna tuvo respuesta.
«La declaración del funcionario nacional genera sorpresa, ya que La Pampa presentó en reiteradas oportunidades pedidos formales de asistencia financiera, todos debidamente cursados por las vías institucionales correspondientes y sin obtener hasta el momento ningún tipo de respuesta por parte del Estado nacional», se informó desde la Agencia Provincial de Noticias.
Durante su exposición legislativa, Adorni sostuvo que la Dirección de Asistencia y Política Demográfica no registraba notas pendientes de tramitación.
La documentación oficial remitida por el Gobierno pampeano contradijo de manera categórica esas expresiones: «La Pampa elevó la Nota NO-2025-00151237-GLP-GPLP, de fecha 23 de mayo de 2025; la Nota SG N° 40/2025, del 1 de octubre de 2025; y una tercera nota dirigida al Ministerio del Interior, fechada el 19 de febrero de 2026».
Y se recordó que los pedidos estuvieron vinculados a situaciones de extrema gravedad: «El fuerte desequilibrio financiero provocado por decisiones fiscales del Gobierno nacional que redujeron de manera sustancial los recursos coparticipables de las provincias; el incumplimiento en la asistencia para cubrir los déficits previsionales de las cajas jubilatorias no transferidas; y la necesidad urgente de acompañamiento económico tras el temporal del 18 de febrero de 2026 que ocasionó importantes daños en Santa Rosa y Toay».
Ninguna de las tres notas recibió contestación formal, ni siquiera una negativa, lo que evidencia no solo la falta de asistencia, sino también la ausencia total de respuesta institucional ante reclamos legítimos.


