Todo ocurrió en abril, en medio de esos días donde aparecieron pintadas amenazantes de retos virales en varios colegios pampeanos. En una escuela de General Pico hubo una reunión con padres y madres para hablar del tema y, en ese contexto, una de ellas increpó e insultó al personal docente y a autoridades del Ministerio de Educación.
Por ese hecho fue denunciada y se le inició una causa en la justicia contravencional por proferir gritos e insultos y “perturbar el ejercicio de la función educativa”. La causa concluyó hoy con el otorgamiento del beneficio de una suspensión del proceso a prueba –una figura que se conoce como probation–, después que la mujer hiciera un pedido de disculpas en forma personal ante la directora, y esta lo aceptara en su nombre y del resto de los docentes.
La resolución fue adoptada hoy por el juez contravencional de esa ciudad, Maximiliano Boga Doyhenard, luego de la audiencia realizada en la sala de Ese fuero. Allí estuvieron presentes el fiscal Francisco Cuenca, el defensor oficial Alejandro Piñeiro y la propia imputada.
La probation es una alternativa al juicio que permite cerrar una causa sin condena ni antecedentes y en la que el imputado/a se compromete a cumplir reglas de conducta durante un período de tiempo. Por eso, finalmente, el juez le otorgó el beneficio por un lapso de seis meses, en el que deberá fijar domicilio –y avisar si lo cambia–, comunicarse en forma mensual con el Ministerio Público Fiscal y cesar “todo acto de perturbación y agresión” hacia los/as damnificadas y el resto del personal. Además tendrá que “canalizar sus planteos futuros a la institución en forma respetuosa y por las vías institucionales existentes”.
¿Cuáles fueron los hechos investigados? “Haber ocasionado molestias, perturbado la actividad educativa y proferido insultos a personal docente”, entre ellos a un coordinador, a un delegado ministerial, a dos directoras y a una profesora. Ello ocurrió a la mañana. Ya por la tarde, la imputada regresó al colegio, y durante la reunión de padres, “insultó e increpó al personal docente y a las autoridades educativas, debiendo ser retirada del lugar por personal policial”.
Esas conductas están tipificadas en los artículos 91 y 92 del Código Contravencional de La Pampa. La acción contra la imputada se extinguirá si durante ese período no comete otra contravención; ya que en caso contrario el beneficio le será revocado.
Cara a cara
Durante la audiencia, la fiscalía relató los hechos detalladamente y la defensa ofreció como reparación el pedido de disculpas. Cuenca aceptó teniendo en consideración que la mujer no presentaba antecedentes contravencionales y que contaba con el consentimiento de los docentes.
En un momento, el juez pidió que la denunciante –una de las directoras– ingresara al recinto y luego le concedió la palabra a la imputada. La madre le pidió disculpas, dijo que era “la primera vez” que le pasaba algo así y que tuvo “una reacción que no correspondía”. La directora las aceptó y expresó que lo resuelto será socializado en la comunidad educativa.
Conmoción
Al momento de evaluar si la reparación ofrecida era razonable, Boga Doyhenard ponderó “el contexto de conmoción” en el que se produjeron los insultos, dado que ocurrieron “mientras se llevaba adelante una reunión informativa entre las autoridades del colegio y del Ministerio de Educación con los padres y madres de los alumnos/as, por la preocupación generada por la aparición de pintadas en los baños con amenazas anónimas para que no se asista a clase dado de que se producirían ‘tiroteos’”.
“La disculpa ofrecida por la imputada ha sido compatible con la finalidad reparadora del instituto (de la suspensión del proceso a prueba), fue genuina y satisfactoria para la víctima, dado que su sentido no fue simbólico sino reparador del conflicto (…) No resulta admisible que el instituto se transforme en un mero mecanismo para evitar el debate oral y en este caso dicha desnaturalización no se verificó”, concluyó el magistrado.

