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“Es un mamarracho”: hay enojo en Mendoza por la cautelar que frenó los cambios de regalías de Los Nihuiles

17 de septiembre de 2026
“Es un mamarracho”: hay enojo en Mendoza por la cautelar que frenó los cambios de regalías de Los Nihuiles

El Gobierno de Mendoza cuestionó con dureza la decisión del juez federal de Santa Rosa, Juan José Baric, que hizo lugar a una medida cautelar interina presentada por La Pampa y suspendió los efectos del Decreto 982/2026, el cual había establecido que el 100% de las regalías generadas por el Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles correspondiera a la provincia vecina.

La ministra de Energía y Ambiente de Mendoza, Jimena Latorre, calificó la resolución como un “mamarracho” y cuestionó que el planteo haya sido resuelto por un juzgado federal de Santa Rosa.

La funcionaria sostuvo que mientras la medida permanezca vigente Mendoza no podrá cobrar el 100% de las regalías, por lo que queda provisoriamente el esquema anterior de distribución. Además, anticipó que la provincia vecina buscará intervenir en el expediente y que trabajan sobre el tema la Asesoría de Gobierno y la Fiscalía de Estado.

Ayer, el juez federal de Santa Rosa, Juan José Baric, suspendió el Decreto 982/2026 de Javier Milei, por el cual el Gobierno nacional había dispuesto que la totalidad de las regalías generadas por el complejo hidroeléctrico Los Nihuiles fueran percibidas por Mendoza. La resolución restablece para La Pampa el derecho a cobrar el 50 % de esos recursos, que percibe desde hace más de medio siglo en virtud de normas y acuerdos interjurisdiccionales.

La cuestión de la “fuente del agua” está en el centro de la disputa. Mendoza separa el agua de la fuente hidroeléctrica. Su argumento es que el río Atuel es interjurisdiccional, pero eso no determina quién cobra las regalías. Para Mendoza, la fuente que produce la energía está íntegramente en su territorio: comprende el aprovechamiento hidráulico, el desnivel y las obras de regulación, conducción y generación de Los Nihuiles. Por eso sostiene que las regalías corresponden a la provincia donde está localizada esa fuente. El propio Decreto 982/2026 adopta esta interpretación.





La Pampa, en cambio, pone el acento en el origen y carácter interprovincial del agua del río Atuel. El argumento de Sergio Ziliotto es que “la represa Los Nihuiles genera energía con agua pampeana”, porque la Corte Suprema reconoció al Atuel como río interjurisdiccional y estableció que sus usos futuros deben contemplar una participación razonable y equitativa de ambas provincias.

La Pampa no sostiene solamente que el agua sea pampeana para reclamar las regalías. Su planteo jurídico más fuerte es que, independientemente de dónde estén físicamente las obras, existe un régimen específico de reparto consolidado desde 1973 y reafirmado en el convenio de 1992, en el que Nación, Mendoza y La Pampa acordaron obligaciones respecto de las regalías.

Casado habló de una “injusticia histórica”

La vicegobernadora Hebe Casado también cuestionó la cautelar de Baric. En redes sociales escribió que se trata de una medida dictada por un juez federal pampeano que, según su interpretación, sostiene un régimen que surgió de un decreto de la dictadura.

Luego, en declaraciones a Diario San Rafael, calificó como una “injusticia histórica” el reparto de las regalías con La Pampa y sostuvo que Mendoza construyó y mantiene la infraestructura hidroeléctrica ubicada en territorio provincial. “Si hay justicia en Argentina, las regalías van a ser 100% mendocinas”, afirmó Casado.

La vicegobernadora también cuestionó el argumento de que La Pampa debe continuar percibiendo la mitad de esos recursos por el régimen vigente desde 1973 y planteó que la provincia mendocina es la que tiene la presa, el salto y la pendiente que generan la energía.

Ziliotto celebró la suspensión del decreto de Milei por las regalías de Los Nihuiles

Petri cruzó a Ziliotto

El diputado nacional por Mendoza Luis Petri, de La Libertad Avanza, apuntó directamente contra el gobernador Sergio Ziliotto, quien había celebrado la resolución judicial. “Una causa entre provincias se resuelve en la Corte Suprema, no en un juzgado de Santa Rosa”, sostuvo Petri en redes sociales. Lo que no dijo Petri es que, precisamente, el tema se estaba discutiendo en la Corte, pero que, aún sin resolución, el presidente Javier Milei decidió darle el 100 por ciento de las regalías a Mendoza.

“Mi provincia y La Pampa se verán en la Corte”, agregó Petri.

Fernández Sagasti respaldó las regalías, pero cuestionó la licitación

La reacción también llegó desde el peronismo mendocino. La senadora nacional Anabel Fernández Sagasti sostuvo que “las regalías de Los Nihuiles pertenecen a Mendoza” y fundamentó su posición en el artículo 124 de la Constitución Nacional y en el artículo 43 de la Ley 15.336.

La legisladora kirchnerista sostuvo además que, ante una controversia entre provincias, la definición corresponde a la Corte Suprema.

Fernández Sagasti, sin embargo, marcó una diferencia con el gobierno de Alfredo Cornejo: aclaró que defender las regalías mendocinas no significa respaldar la forma en que la provincia cuyana lleva adelante la licitación de Los Nihuiles junto con la Nación.

Posición pampeana

El planteo pampeano es que Mendoza no puede quedarse con el 100% de las regalías por decisión de un decreto nacional porque el 50% que percibe La Pampa desde 1973 fue consolidado además por el convenio interjurisdiccional de 1992, aprobado por las Legislaturas y homologado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Además, hace solo menos de un mes, la Corte ordenó la intervención obligada de La Pampa en la causa promovida por Mendoza contra el Estado Nacional, en la que se cuestiona el régimen de regalías. Esa causa judicial no fue resuelta aún.

El origen del régimen se remonta al Decreto 1560/73, que impulsó que las regalías correspondientes al complejo fueran liquidadas en partes iguales entre Mendoza y La Pampa.


En 1984, la Ley 23.164 elevó al 12 % el porcentaje de regalías hidroeléctricas previsto por la legislación nacional, lo que llevó a que el esquema aplicado a Los Nihuiles significara un 6 % para cada provincia.


Durante más de 50 años, La Pampa percibió las regalías correspondientes en función de ese régimen. El Decreto 982/2026 modificó esa situación al dejar sin efecto el Decreto 1560/73 y establecer que las regalías generadas desde su entrada en vigor correspondieran íntegramente a Mendoza.

La cuestión tampoco puede analizarse separadamente de los antecedentes judiciales vinculados con el río Atuel.


En 1987, la Corte Suprema reconoció el carácter interjurisdiccional del río Atuel y exhortó al Estado Nacional ya ambas provincias a celebrar acuerdos para establecer una participación razonable y equitativa en los usos futuros de sus aguas.


Ese antecedente fue seguido por el proceso de acuerdos interjurisdiccionales que desembocó en el convenio de 1992. En ese instrumento, además de establecerse compromisos vinculados con el uso del agua, quedaron expresamente contempladas las regalías hidroeléctricas correspondientes a La Pampa.


La propia Corte Suprema volvió a intervenir recientemente en la controversia. El 27 de agosto de 2026 ordenó la intervención obligada de La Pampa en la causa promovida por Mendoza contra el Estado Nacional, en la que se cuestiona el régimen de regalías. La decisión permitió a la provincia de La Pampa ejercer su defensa en un proceso en el que se encuentra directamente involucrado el convenio de 1992.






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