Integrantes del Comité Nacional de Defensa del Usuario Vial (Conaduv) y de la Organización Reset Republicano, presentaron una denuncia penal en la Justicia Federal, por el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público, contra los integrantes de la comisión parlamentaria, que preside el senador pampeano Daniel Kroneberger y además la integran Victoria Huala y Varinia Marín, encargada de proponer candidatos al Congreso para la designación del Defensor del Pueblo de la Nación.
La presentación fue realizada por los abogados José Lucas Magioncalda, Juan Martín Fazio y José Matilla, integrantes del Conaduv. “La vacancia de dicho cargo data de más de una década y media, lo que evidencia el total desapego de los denunciados por el cumplimiento de sus funciones. Esta situación resiente sensiblemente la función del organismo constitucional encargado de proteger los derechos de los usuarios y consumidores en los diversos ámbitos de los servicios que reciben y, en particular, en relación al deficiente estado de las rutas nacionales y provinciales”, resumió la organización denunciante.
“La incapacidad que hoy exhibe la Defensoría del Pueblo de la Nación, por vacancia de su titular, para demandar al Estado Nacional constituye hoy una de las deficiencias más destacadas que llevan a la desprotección de quienes transitan por la red vial del País”, agregó.
La causa, que lleva el número 4806/2026, quedó radicada en el Juzgado Criminal y Correccional N° 11, a cargo del juez Ariel Lijo.
Creación
La Defensoría del Pueblo fue creada por la ley Nº 24.284 en 1993. “Se crea en el ámbito del Poder Legislativo de la Nación la Defensoría del Pueblo, la cual ejerce las funciones que establece la presente ley, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad”, dice en su artículo 1. “El objetivo fundamental de esta institución es el de proteger los derechos e intereses de los individuos y la comunidad frente a los actos, hechos y omisiones de la administración pública nacional, que se mencionan en el artículo 14”.
Y el siguiente artículo refiere a las formas de elección del Defensor del Pueblo y que es elegido por el Congreso de la Nación de acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) Ambas Cámaras del Congreso deben elegir una comisión bicameral permanente, integrada por siete (7) senadores y siete (7) diputados cuya composición debe mantener la proporción de la representación del cuerpo;
b) En un plazo no mayor de treinta (30) días a contar desde la promulgación de la presente ley, la comisión bicameral reunida bajo la Presidencia del presidente del Senado, debe proponer a las Cámaras de uno a tres candidatos para ocupar el cargo de defensor del pueblo.
Integrantes
La comisión parlamentaria es presidida actualmente por Daniel Kroneberger (UCR – La Pampa). Los otros pampeanos que la integran son la senadora Victoria Huala (Pro) y la diputada nacional Varinia Marín.
Un año atrás, la Comisión Bicameral Permanente de la Defensoría del Pueblo había concluido el proceso de audiencias para la selección del defensor del pueblo y el procurador penitenciario.
En ese momento, y al término del encuentro que se llevó a cabo en el Salón Azul, Kroneberger (UCR) había expresado su deseo de busca pasar la firma el dictamen en esos días. Algo que no ocurrió.
“Hubo exposiciones muy sólidas, de mucha experiencia y trayectoria que hace que tengamos los elementos suficientes para procesar y cubrir estas vacancias con personas idóneas que le van a dar garantía a la ciudadanía argentina de que van a estar a la altura”, dijo, hace un año, el legislador pampeano.
En esa jornada habían pasado 21 postulantes para ocupar la Defensoría del Pueblo sobre el total de 39.


