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Para los jueces, Fassina espió legajos pero no cometió delito

6 de mayo de 2019
Para los jueces, Fassina espió legajos pero no cometió delito

El Tribunal de Audiencia de Santa Rosa absolvió hoy a los exfiscales sustitutos Fernando Fassina y Romina Fernández, quienes habían llegado a juicio acusados del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público por «espiar» legajos.

El tribunal, integrado por Alfredo Daniel Sáez Zamora, Carlos Alberto Besi y Alejandra Flavia Ongaro, dio a conocer la sentencia en el mediodía de este lunes.





Platense




El Tribunal, al fundar su resolución, manifestó que “quedó perfectamente acreditado” el ingreso de los exfiscales a los expedientes indicados durante las audiencias, “como también se probó y así se demostró, que todos los integrantes del Ministerio Público Fiscal tenían acceso irrestricto a los legajos e ingresaban, por el motivo que fuere, a ellos”. Sin embargo, añadió que “la acción descripta, y tal el tipo penal por el que se los acusó a ambos –artículo 248 del Código Penal– y los argumentos expresados para sustentarlo, dista mucho de esa figura delictiva, resultando atípica con relación a ella (…) No se dio ninguno de los elementos normativos que estrictamente están previstos en ese artículo, por lo que no se puede atribuir, en consecuencia, la conducta ilícita allí enmarcada. La Ley Nacional de Ética en el ejercicio de la función pública (25.188) no menciona en ninguna parte de su texto la acción ya descripta, y menos aún la prohibición de la misma, es decir que la considere contraria a la ley”, subrayaron los jueces.

Dijeron que tampoco quedó probado que se hayan «beneficiado» con ese accionar. «Teniendo en cuenta el análisis probatorio desarrollado, y sin perjuicio de lo expresado anteriormente, tampoco se probó que como consecuencia del ingreso a legajos hayan obtenido algún beneficio (…) Como lo sostuvieron los defensores en sus alegatos, no hay legislación alguna que especialmente permita encuadrar la acción descripta dentro del tipo penal contenido en el artículo 248 del Código Penal”, dijeron los jueces.

Finalmente, el Tribunal expresó que Fernández también fue acusada por el delito contemplado en el artículo 268 (1), es decir, enriquecimiento ilícito. «Al respecto, y de la prueba tanto documental como testimonial, tampoco se acreditó el ‘fin de lucro’ que la normativa referida exige para la configuración de la conducta ilícita; menos aún la utilización ‘para sí o para un tercero de información o datos’ (…). Es más, el expediente civil donde supuestamente se habría utilizado esa información, según lo alegado por el fiscal, se resolvió decretándose la caducidad de instancia”, recordaron. Luego, esa resolución fue confirmada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial.





 

Espiar

Ambos habían sido acusados de acceder a expedientes de causas que llevaban adelante otros funcionarios judiciales pero en las que ellos, antes de ingresar al Ministerio Público Fiscal, habían actuado como abogados particulares. Según el fiscal Guillermo Sancho, dieron información sobre las causas a otros abogados.

Sancho recordó que el caso se inició cuando una fiscal le advirtió que se estaban filtrando datos en varias investigaciones en las que estaba involucrado el condenado como autor intelectual del conocido como el crimen de Villa Martita, Carlos Luján Sosa. Dijo, además, que el sistema arrojó que Fassina y Fernández habían cometido una “irregularidad” al ingresar a cuatro legajos en los que no intervenían y aparecían clientes suyos de la actividad privada, antes de ingresar como sustitutos a la justicia.

El fiscal general había pedido 1 año y 3 meses con inhabilitación perpetua para ejercer cargos para la exfiscala Fernández y 2 años de prisión de ejecución condicional y el doble de esa pena para ejercer cargos públicos para Fassina.

“No ingresaron a los legajos para aprender. Acá no hay una escuela”, dijo. “Ambos violaron la confianza que se les dio como fiscales sustitutos. Son claros actos de corrupción. Violaron la ley de ética pública”.

 

La justificación

Los dos acusados reconocieron que entraron a legajos que no tenían asignados, pero trataron de justificarlo. “Tenía la costumbre cuando trabajaba mirar todos los legajos que habían ingresado para ir preparando mi trabajo y aprendiendo», dijo Fassina.

Fernández, en tanto, aclaró que nunca divulgó información reservada de lo que vio. “El motivo (del ingreso a legajos) fue personal. Estaba aterrorizada por una serie se hechos que habían sucedido con un cliente. Eso fue lo que me llevó a entrar al sistema. Quería saber si era una persona peligrosa”, contó. “Pero de lo que yo vi jamás se lo transmití a nadie”, juró.

 

 

 






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