El Tribunal de Impugnación Penal no hizo lugar a un recurso de impugnación presentado por los defensores particulares Omar Gebruers y Alejandra Lezcano López, y confirmó la condena a tres años de prisión de cumplimiento efectivo contra un cartonero de 50 años, como autor de abuso sexual simple, como delito continuado, agravado por haberlo cometido aprovechándose de la convivencia preexistente con la víctima, hija de su pareja.
El fallo fue dictado por la Sala A, conformada por los jueces Mauricio Federico Piombi y Pablo Tomás Balaguer, y ratificó en un todo la sentencia que la jueza de audiencia de Santa Rosa, Alejandra Flavia Ongaro, había dictado el 13 de marzo pasado.
Con las pruebas reunidas durante el juicio oral, Ongaro había dado por cierto que entre 2007 y 2012, cuando la menor tenía entre 7 y 12 años, el acusado abusó sexualmente en forma reiterada de ella, en el interior de la vivienda que compartía con su pareja, a su vez madre de la niña. También dio por probado que cuando la víctima se resistía a las agresiones, el imputado la tomaba con fuerza de los brazos y la amenazaba, provocando mucho temor en ella.
El TIP confirmó, además, las obligaciones que le había fijado la magistrada hasta tanto la sanción quede firme: fijar residencia, presentarse en forma semanal en la Oficina Judicial, abstenerse de mantener contacto alguno con la damnificada y no estar a menos de 200 metros de ella ni de su domicilio.
Gebuers, en el recurso, planteó que el acusado debió haber sido beneficiado por la duda (in dubio pro reo) y que no se respetó el debido proceso legal, ni el derecho de defensa en juicio, ni el principio de inocencia.

