En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control Diego Ambrogetti condenó a un hombre de 56 años por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con un menor de 18 años como delito continuado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
También le fijó las siguientes reglas de conducta a cumplir durante el plazo de dos años: fijar domicilio y no ausentarse del mismo sin previo aviso al Juez de Ejecución Penal y someterse al ente de contralor; abstenerse de relacionarse con la damnificada –una menor de 12 años de edad, hija de su ex pareja- y someterse a un tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad y eficacia.
El acuerdo fue presentado por la fiscal Ivana Hernández, los defensores particulares Jerónimo Altamirano y Carlos Pedro Febre y el propio imputado. La madre de la damnificada, al ser consultada sobre los alcances del acuerdo, prestó su conformidad.
Con las pruebas incorporadas en la causa, el juez dio por debidamente acreditado y probado que sin poder precisarse los momentos exactos, desde hace aproximadamente un año a la fecha de la denuncia (27 de noviembre de 2018), el imputado realizó tocamientos en las partes íntimas de la niña (de doce años de edad), hija de quien en aquel momento era su pareja, aprovechando la situación de convivencia con la víctima y los momentos en que la madre de esta última se ausentaba del hogar.


