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Vaque


Para la Corte Suprema, los conductores de Uber no cometen delitos

21 de agosto de 2018
Para la Corte Suprema, los conductores de Uber no cometen delitos

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó por defectos formales una queja presentada por el Sindicato de Peones de Taxi y dejó firme un fallo que dice que quienes conducen un Uber realizan una actividad comercial licíta.

Se trata de un fallo de primera instancia de agosto de 2016 del juez porteño Luis Alberto Zelaya, en el que había afirmado que la actividad que realiza la empresa de transporte es lícita ya que la prestación del servicio de transporte de pasajeros sin contar con habilitación oficial «no configura una conducta tipificada por la legislación punitiva«. De esta forma, podrían existir faltas administrativas o infracciones de tránsito, pero no delitos. Igual, a pesar de esto, la Corte no se expidió sobre la legalidad o ilegalidad de Uber.





Platense




Mendoza fue la primera provincia argentina en aprobar la utilización de Uber en julio. En La Pampa, por su parte, ya el Gobierno provincial ha dicho que no tiene intenciones de avalar la aplicación.

En un comunicado, Uber recordó que desde el inicio de sus operaciones en marzo de 2016 afirma que su actividad «es perfectamente legal de acuerdo al Código Civil y Comercial» de la República Argentina.

«Este fallo de la Corte Suprema confirma nuestra operación en el país y nos impulsa a seguir trabajando para brindar un mejor servicio a los miles de conductores y usuarios que nos eligen. Apoyamos todas las iniciativas para avanzar en reglamentaciones específicas para este nuevo servicio como la que aprobó la provincia de Mendoza y las que avanzan en diversos distritos del país que quieren incorporar a Uber como una solución más a los desafíos de movilidad», afirmó Mariano Otero, gerente general de Uber para el Cono Sur.





 


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