El Ministerio Público de la Defensa de La Pampa reafirmó su «compromiso legal y constitucional con las mujeres» y aseguró que no permitirá retardos o negaciones de la interrupción legal del embarazo como está ocurriendo en otros puntos del país.
Hay principalmente tres causales para acceder a estas prácticas de aborto no punible, es decir, que no tienen sanción penal: violación, peligro de vida de la mujer o pérdida de salud de la mujer.
El organismo dio a conocer este lunes un documento. Es el siguiente:
«El Ministerio Público de la Defensa reafirma su compromiso legal y constitucional con las mujeres y personas con capacidad de gestar y su derecho al acceso a la salud integral. En ese sentido, ante los hechos de público conocimiento de retardo o negación de la interrupción legal del embarazo que habrían ocurrido en distintos puntos de nuestro país, es nuestra obligación hacer conocer a la población nuestra disponibilidad para intervenir ante alguna vulneración de este Derecho Humano.
En base a ello, la Defensoría General emitió la Resolución D.G. 1/19, mediante la cual se ordena expresamente a funcionarios y funcionarias integrantes de la Defensa Pública, informar de modo inmediato al Defensor General los casos de los que se tome conocimiento en ocasión o con motivo de sus funciones. Esto, en un todo de acuerdo con la Resolución nº 1789/18 del Ministerio de Salud de la provincia de La Pampa; Art. 75 inc. 22 de la C.N.; Leyes nacionales 25.326/00, 25673/03, 26.61/05, 26130/06, 26150/06, 26366/08, 26485/09, 26529/09, 26774/12; Ley provincial 1363/91 y Res. 656/12).
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Aprovechamos la oportunidad, para difundir la Guía Provincial para la Atención Integral de Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo del Ministerio de Salud de La Pampa, que regula jurídicamente la cuestión a la que hacemos referencia».
Según datos oficiales, por día se realizan dos interrupciones legales del embarazo en La Pampa. El 90 por ciento no requiere intervención quirúrgica: se puede realizar con medicamentos.
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