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Cuarentena administrada: las ventas online se iniciarían este lunes en Santa Rosa

19 de abril de 2020
Cuarentena administrada: las ventas online se iniciarían este lunes en Santa Rosa

Este lunes los comercios ya podrían empezar a hacer ventas online y telefónicas en Santa Rosa. El intendente Luciano di Nápoli se encuentra en la noche de este domingo reunido con su equipo de trabajo para tratar de firmar hoy mismo la adhesión al decreto del gobernador Sergio Ziliotto para implementar la cuarentena administrada, dijeron altas fuentes de la intendencia a Diario Textual.

Di Nápoli necesita adherir al Decreto 726 que firmó este domingo Ziliotto. Ese decreto, a su vez, adhiere a la norma nacional que establecen las nuevas excepciones desde este lunes. Sin embargo, avisó Ziliotto, la venta online deberá esperar a la habilitación de cada municipio. «En Santa Rosa pensamos firmar esta noche», dijeron desde la comuna.

El gobernador Sergio Ziliotto, en base a decisión administrativa 524/20 de Nación, firmó un decreto detallando la entrada en vigencia de las nuevas actividades habilitadas en el marco de la cuarentena administrada dispuesta por la pandemia.

La Decisión Administrativa 524 de Nación detalla que estarán incluidas las siguientes actividades desde este lunes 20:

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.





2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

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3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

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6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7. Ópticas, con sistema de turno previo.

8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

10. Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

 

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