La senadora Norma Durango (Frente de Todos) presentó un proyecto de ley en el Senado, en el que planteó la exención de ganancias a profesionales de la salud, mientras dure la situación de emergencia pública sanitaria, establecida en virtud de la pandemia de COVID-19.
“La iniciativa propone eximir del gravamen comúnmente llamado impuesto a las ganancias, a las contraprestaciones que perciban los profesionales del sector privado del sistema de salud, en el marco de la pandemia por COVID-19, supone generar un estímulo adicional para que estos actores clave e insustituibles sientan el reconocimiento material, y la compensación que dignifica más aún su actitud de mantenerse en sus puestos de trabajo”, explicó la legisladora pampeana.
Y fundamentó en que el personal de la salud tiene un alto grado de exposición física y de tensión psicológica, derivada de la asistencia que deben prestar a las personas contagiadas por el coronavirus causante del COVID-19. “La experiencia internacional muestra que es un sector particularmente expuesto y que forma parte de los contingentes de personas que han contraído dicho virus en una relativamente alta proporción”, expresó.
Durango dijo, además, que nuestro país y el mundo atraviesan una situación de excepcionalidad que impone la necesidad de establecer medidas acordes a estas circunstancias, arbitrando estímulos o subsidios, según sea, orientados a paliar la manera con que diversos sectores se han visto obligados a atravesar la cuarentena adoptada como medida principal para alejar los peligros de un contagio generalizado.
“La alta capacidad de propagación del COVID-19, con la consecuente posibilidad de generar un colapso en los sistemas de salud y la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a nivel internacional, han obligado al Estado Nacional a decretar el estado de emergencia sanitaria y tomar medidas inmediatas de carácter excepcional y preventivo a fin de mitigar su propagación y disminuir su impacto sanitario”, sostuvo Durango.
El proyecto de ley que consta de un solo artículo que dice lo siguiente:
“Agrégase como inciso y) del artículo 26 de la Ley Nacional 20.628 (t.o. Decreto 824/19), Régimen Legal del Impuesto a las Ganancias, el siguiente:
Artículo 26: Están exentos del gravamen: (…)
- y) Las sumas percibidas por los profesionales de la salud, independientes o prestadores de los Agentes del Sistema Nacional de Seguro de Salud creado por la Ley 23.661 o de las Empresas de Medicina Prepaga reguladas por la Ley 26.682, durante el tiempo de vigencia de emergencia pública sanitaria establecida en virtud de la pandemia de COVID-19”.