Los comerciantes gastronómicos de Santa Rosa que desde el viernes 5 quedarán exceptuados del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y podrán reabrir las puertas de sus locales, para recibir al público, deberán dar cumplimiento a la disposición de la Secretaría de Desarrollo Económico de la intendencia que establece, entre otros puntos, la presentación de una declaración jurada.
La medida alcanza a los comerciantes que se dedican a actividades y/o servicios que prestan casas de comidas, foodtruck, restaurantes, bares, cervecerías, cafeterías, heladerías, confiterías y todo otro local comercial destinado a la producción y venta o sólo venta de alimentos y/o bebidas que cuente con habilitación municipal para la atención y permanencia de público con permiso de consumo en su lugar.
En un anexo, deberán declarar la cantidad de personas que trabajan en el negocio; cantidad de metros cuadrados dispuestos para atención al público; la cantidad máxima de personas que pueden concurrir y permanecer en el local según habilitación vigente; y una descripción de los materiales de señalización de circulación y distanciamiento que utilizará, entre otros datos.
La declaración jurada deberá ser firmada y también escaneada y remitida, con el adjunto correspondiente, a la Dirección de Comercio y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Económico mediante correo electrónico, bajo el asunto ARTÍCULO 12 DECRETO 1089/2020, a la casilla [email protected].
«Desde el municipio se advierte que el trámite de habilitación culminará con la comunicación fehaciente vía correo electrónico de la disposición de la Dirección de Comercio», se informó.