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Abuso a menor: el TIP ratificó condena a 11 años de cárcel contra un docente

18 de junio de 2020
Abuso a menor: el TIP ratificó condena a 11 años de cárcel contra un docente

El Tribunal de Impugnación Penal confirmó una condena a 11 años de prisión contra un profesor de clases particulares, por ser autor de los delitos de abuso sexual simple de una menor de 13 años, agravado por ser el encargado de la educación, y abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización de una menor.





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La pena fue aplicada en el marco de la leyes 26485 de Protección Integral a las Mujeres y 26061 de Protección integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; en concurso real con tenencia de material pornográfico de menores de 18 años.

La Sala A del TIP, conformada por la jueza María Elena Gregoire y el juez Filinto Benigno Rebechi, así lo dispuso al no hacer lugar al recurso de impugnación interpuesto por la defensora particular del imputado, Vanessa Ranocchia Ongaro. La condena había sido dictada, el 6 de diciembre del año pasado, por el juez de audiencia santarroseño, Gastón Boulenaz.

Los hechos ocurrieron en 2016, en la vivienda donde el profesor daba sus clases. Allí el acusado cometió los abusos, en algunos casos frente a la computadora y en otros en una habitación del inmueble. Además, en febrero del año pasado, se secuestró en su poder “gran cantidad de imágenes y videos conteniendo pornografía infantil”.





Ranocchia Ongaro cuestionó la sentencia, y pidió la absolución del agresor, por entender que los hechos no ocurrieron tal como fueron acreditados por la Audiencia de Juicio. Dijo que Boulenaz realizó una ponderación arbitraria de la prueba pericial y, además, que efectuó una errónea valoración del resto del material probatorio.

El primer voto del TIP fue el de Gregoire, al que adhirió Rebechi. Sobre los abusos, la magistrada dijo: “No se advirtió un direccionamiento de la entrevista” que la psicóloga mantuvo con la víctima cuando declaró en Cámara Gesell y que, por el contrario, ese relato “a diferencia de otras Cámaras Gesell, fue espontáneo y tranquilo”.

Acerca de la tenencia del material pornográfico, el tribunal expresó que el planteo defensivo no desvirtuó el acometimiento del delito, ya que este “se consuma simplemente con la tenencia”, algo que quedó probado.

“El fallo recurrido debe ser confirmado en su totalidad. No solo por entender que no corresponde la procedencia de los planteos formulados; sino también porque la sentencia fue acorde a las exigencias del ordenamiento jurídico, resultando respetuosa de los derechos de cada una de las partes tuvo en el proceso”, agregó la sentencia del TIP.

Gregoire, en su voto, respondió además uno a uno las disidencias formuladas por la defensa. Acerca de que se le dio crédito absoluto al testimonio de la menor, expresó: “No advierto asidero sobre la imposibilidad de haber contra examinado a la testigo directa, ya que todas las partes tuvieron la misma posibilidad de preguntar y no se ingresó al juicio un testimonio diferente de ella, más que el que se reprodujo por la Cámara Gesell”.

Con relación a las pericias, manifestó que “no se puede pasar por alto” que los psicólogos dijeron que lo que podían hacer era evaluar si el testimonio de la víctima era creíble o no, pero que la veracidad o mendacidad debía definirlo la Justicia. “El juez explicó (en la sentencia) lar las razones por las cuales consideró el relato de la víctima como veraz”, añadió.

Finalmente, el TIP se refirió a la presunta arbitrariedad de Boulenaz. “Ella debe ser demostrada, y no se apreció en las argumentaciones defensivas más que disconformidad con el razonamiento efectuado por el juez, aunque sin respaldo eficaz para que sea rebatido”, sostuvo.​

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