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Acha: le hurtó el celular a una nena y fue detenido

23 de julio de 2020
Acha: le hurtó el celular a una nena y fue detenido

El juez de control de General Acha, Héctor Alberto Freigedo, a través de sendos juicios abreviados, dictó dos condenas con penas de prisión efectiva. Una contra Jesús Alberto M., a seis meses, por ser autor de los delitos de violación de las medidas impuestas por la autoridad competente, para impedir la introducción o propagación de una pandemia, y desobediencia en dos ocasiones; y abuso sexual simple, en tres causas diferentes. La otra, contra Lucas Adrián S., a dos meses –declarándolo reincidente– por hurto simple.

El legajo penal en el que estuvo involucrado M., de 24 años y con antecedentes registrables, se resolvió a partir de un abreviado rubricado por el fiscal Raúl Miguez Martín, el defensor oficial Claudio Martínez Sabio y el propio imputado. Las partes convinieron una pena de seis meses de prisión efectiva, que fue unificada en siete porque el acusado tenía otra condena a tres años en suspenso –dictada el 11 de septiembre de 2015– que agotará el próximo 3 de septiembre.





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¿Cuáles fueron los hechos probados? El primero ocurrió el 25 de marzo, a media tarde, en Sarmiento, entre Paunero y Alsina, en General Acha, cuando M. –junto a L. P.– fue a comprar bebidas alcohólicas en tres oportunidades en un comercio ubicado en esa cuadra.

“En la última oportunidad fueron observados por personal policial, al salir del local, momento en que efectuaron gestos corporales, incitando a reñir a los uniformados, al mismo tiempo que se alteraron e insultaron al personal policial, forcejando con ellos con intención de agredirlos”, dice el fallo. Todo ello se dio en un contexto donde otros dos hombres intentaron impedir la detención y arrojaron piedras; y Pagliaro le pateaba el rostro a un efectivo. Este último recibió el beneficio de la suspensión de juicio a prueba (o probation), por un año, al no tener antecedentes penales.

El segundo ilícito se cometió el 15 de mayo, a la noche, cuando se pidió presencia policial en General Paz y Buodo, ya que dos hombres estarían intentando abrir un auto. Cuando arribaron dos cabos, aquellos se escaparon corriendo. Uno fue perdido de vista y el otro ingresó a una vivienda. Fue observado por otros dos policías que estaban de recorrida. Cuando fue descubierto en el dormitorio, quiso salir, pero fue detenido.





En ambas situaciones, M. estaba en la vía pública sin encontrarse dentro de las situaciones de excepción fijadas en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

En la tercera causa, se probó que en enero, estando en el complejo deportivo municipal Luis Vitali, le realizó tocamientos a una menor de 13 años.

Con relación a la unificación de penas, el 7 de octubre de 2016 –un año después de recibir la condena a tres años en suspenso– se dispuso no computarle ese plazo transcurrido porque M. incumplió con las reglas de conducta. A su vez, el 15 de junio de 2017 la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la ley penal informó que no pudo iniciar la supervisión requerida porque el imputado nunca se presentó. Y el 4 de octubre de ese año, el Juzgado de Ejecución Penal de Santa Rosa, le revocó la condicionalidad de la pena, ordenó que sea efectiva –luego quedó bajo el régimen de libertad condicional– y por eso practicó un nuevo cómputo con fecha de vencimiento el próximo 3 de septiembre.

Además Freigedo indicó, en la parte resolutiva, que una vez que la sentencia quede firme, deberá ser comunicada al Registro de Procedimiento y Notificación de Antecedentes de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual para que M. sea incluido en él.

En el caso de S. (30 años, con antecedentes registrables), el acuerdo de juicio abreviado fue presentado por la fiscala Paula Soledad Duscher, el defensor oficial Marco Mezzasalma y el imputado.

En este expediente se probó que la semana pasada, el miércoles 15, S. le sustrajo un celular a una niña de siete años mediante un arrebato, en Victoriano Rodríguez y Don Bosco, en General Acha. Luego arrojó el teléfono en un canasto de residuos e ingresó al patio de la Escuela 11, donde se quitó la camisa y un pañuelo. Pero fue detenido por un gendarme.

Freigedo resolvió además que se informe a la progenitora de la damnificada, de acuerdo al artículo 11 bis de la ley 24.660, cuando S. quede en libertad o si eventualmente recibiera algún beneficio antes de cumplirse ese plazo.

En los juicios abreviados, los jueces, según el Código Procesal Penal de La Pampa, no pueden imponer sanciones más gravosas que a las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.

 






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