El Gobierno provincial habilitó en la madrugada de este jueves la página web oficial certificadocirculación.lapampa.gob.ar para gestionar los permisos de circulación en La Pampa, en medio de la pandemia de coronavirus.
Deben hacerlo las personas afectadas a las actividades y servicios permitidos durante la Fase 1 en las localidades de Santa Rosa, Toay, Macachín, Catriló y General Pico.
También es obligatorio desde este viernes 31 de julio para desplazarse entre cualquiera de las localidades de la provincia.
Los pobladores que vivan en el resto de las 75 localidades de La Pampa, con Fase 5, no deberán gestionarlo. A menos que quieren viajar a otro pueblo.
Es necesario saber que se extenderá un permiso por persona y que sólo podrán tramitarlo quienes tengan en su DNI domicilio en La Pampa.
El permiso es inmodificable y tiene carácter de declaración jurada. «Su falsedad podrá tener consecuencias legales, por lo que antes de confirmar la emisión del mismo es aconsejable revisarlo detenidamente y confirmar que los datos consignados sean los correctos», informó el Gobierno.
Quienes accedan a la página para concretar el trámite deberán tener las ventanas emergentes de su navegador habilitadas, porque el permiso es de visualización inmediata una vez que se completaron los datos.
¿Quiénes pueden tramitarlo?
1. Personal de Organismos Públicos Nacionales.
2. Personal de Servicios de Justicia de turno.
3. Atención de personas con discapacidad y de asistencia a personas mayores, a niños/as o adolescentes o víctimas de violencia de género.
4. Servicios funerarios, entierros y cremaciones.
5. Atención de comedores y merenderos
6. Servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
7. Personal afectado a obra pública.
8. Comercios de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
9. Producción agropecuaria, de alimentos y bebidas, higiene y limpieza, equipamiento médico, medicamentos y otros insumos sanitarios.
10. Actividades Impostergables de Comercio Exterior.
11. Recolección de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
12. Mantenimiento y emergencias de servicios básicos (agua, electricidad, gas, telecomunicaciones, internet y servicios digitales, combustibles, etc.) y emergencias.
13. Transporte público urbano de pasajeros, mercaderías y combustibles.
14. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
15. Servicios de Lavandería y Encargados de Edificios.
16. Servicios postales y distribución de paquetería.
17. Servicios de Vigilancia, limpieza y guardia.
18. Estaciones expendedoras de combustibles.
19. Actividades Autorizadas por el Banco Central de la República Argentina.
20. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria.
21. Operación de aeropuertos. Operación de garages y estacionamientos con dotaciones mínimas.
22. Restaurantes, locales de comidas preparadas y/o de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario.
23. Ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual.
24. Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden.
25. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
26. Atención médica, laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
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