El caso de un vecino que denunció públicamente a través de Diario Textual que una tropilla de caballos le pasó por arriba su auto y se lo destruyó generó la reacción de muchos santarroseños que recordaron que hay una ordenanza del año 2009, la nº 4099, que habilita al secuestro de los animales que deambulen sueltos en la vía pública. El problema es que nunca se puso en práctica.
La ordenanza sancionada por el concejo deliberante durante la gestión de Francisco Torroba (UCR) regula la tenencia de animales para recreación, carga y/o trabajo en Santa Rosa.
La autoridad de aplicación de la misma es la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.
La norma incluye la creación de un Registro Municipal de Animales , lugar en el que deben ser inscriptos por su poseedor, propietario o tenedor.
La inscripción implica, para el propietario, poseedor o tenedor su exclusiva responsabilidad, y la obligación de prestarle al animal buen trato, alojamiento, alimentación e higiene, debiendo someterlos a la profilaxis de las enfermedades zoonoticas que establezca como obligatorias la autoridad de aplicación teniendo como constancia el certificado municipal o certificado oficial del veterinario.
Los animales incluidos en el Registro Municipal serán proveídos de identificación electrónica (microchips).
El artículo 11 de la ordenanza es claro: “Los animales que se hallaren sueltos, sin cuidado y vigilancia, en calles, caminos vecinales y rutas ubicadas dentro del ejido municipal o en inmuebles de propiedad del municipio serán secuestrados y trasladados a la dependencia municipal que indique la reglamentación, para su resguardo y seguridad de los ciudadanos”.
Las multas, dependiendo de la cantidad de animales sueltos, serán determinadas en Unidades Fijas denominadas UF, cada una de las cuales equivale al precio de venta al público de un litro de nafta especial, tomando como referencia los valores del Automóvil Club Argentino.