La Sala B del Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó por “inadmisible” un recurso de casación y así confirmó la condena a 15 años de prisión a una niñera de Santa Rosa apuntada por abusos sexuales a tres hermanos de 11, 6 y 4 años que cuidaba. Ahora solo tiene la opción de que la causa sea revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Los hechos que le imputaron a Priscila M. ocurrieron en 2019. Inicialmente el juez Andrés Olié la había condenado a 4 años de prisión por ser culpable solamente por las exhibiciones obscenas contra una niña de 6 años y abuso sexual simple agravado en perjuicio del niño de 11 años. En cambio, la había absuelto de la acusación contra el pequeño de 4 años por el beneficio de la duda.
El caso, posteriormente, fue revisado por el Tribunal de Impugnación Penal (TIP). El juez Pablo Tomás Balaguer y la jueza María Eugenia Schijvarger, integrantes de la Sala A, hicieron lugar al recurso de impugnación del fiscal Marcos Sacco, revocaron la sentencia de Olié, agregaron una víctima y elevaron considerablemente la sanción contra la mujer de 21 años.
Con esta nueva resolución, la cuidadora fue condenada como autora de los delitos de exhibiciones obscenas, agravadas por la edad de la víctima (6 años) como delito continuado; abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, calificado por haber sido cometido por la encargada de la guarda, como delito continuado en concurso real con exhibiciones obscenas en perjuicio de un niño de 4 años; y abuso sexual simple como delito continuado, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal, calificado por la guarda en perjuicio de otro niño de 11.
Además, los hechos fueron valorados en el marco de la ley 26061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
La defensora de la acusada, Silvina Blanco, apeló y en las últimas horas resolvieron los jueces de la Sala B STJ: sostuvieron que no hubo afectación a la defensa y los hechos se valoraron acabadamente. “El tránsito por las distintas etapas revisoras que atravesó el legajo, al ser considerado por diferentes magistrados con sus respectivas perspectivas jurídicas, asegura la debida administración de justicia y disminuye los riesgos de arbitrariedad judicial o insuficiencia de análisis”, dijeron.