El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa (STJ) confirmó en las últimas horas la condena a 30 años de prisión contra Laureano González por la tentativa de femicidio de su expareja Nadia Soledad Lucero.
En un fallo al que accedió Diario Textual, el STJ confirmó, así, en su totalidad la sentencia de primera instancia de la Audiencia de Juicio y su revisión por el Tribunal de Impugnación Penal (TIP). Ahora se espera que González intente llegar a la Corte Suprema de Justicia, en búsqueda de reducir años de su condena.
González está condenado por los delitos de homicidio triplemente calificado –por la relación de pareja, por alevosía y por haber sido perpetrado por un hombre en contra de una mujer mediando violencia de género–, en grado de tentativa; abuso sexual mediando violencia y aprovechándose de que la víctima no pudo consentir libremente la acción, agravado por haber existido acceso carnal; y tenencia de arma de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal; concursando la totalidad de los delitos entre sí en forma real. Los hechos fueron valorados en el marco de la ley 26485 de Protección Integral contra las Mujeres.
Los jueces de tres instancias han confirmado que González intentó asesinar a Nadia, con golpes y cortes. La joven sufrió torturas.
El hecho se produjo en la vivienda donde convivían en Santa Rosa, desde hacía un mes, entre las primeras horas y las 21 del 15 de diciembre de 2019.
Luego del brutal ataque, la llevó gravemente herida a la guardia del Hospital Lucio Molas. La joven permaneció 20 días internada, en gravísimo estado.
El defensor del imputado, José Ramón Rodríguez, ya había pedido una reducción de la pena. Entre otros argumentos, planteó que González no quiso extinguir la vida de Lucero: según dijo, ello quedó probado con su decisión de llevarla hasta el hospital.
Además, dijo que el monto de la pena fue “excesivo e inconstitucional” y que no se valoró, como atenuante, que el imputado evitó la muerte de Nadia al trasladarla al Molas.
Dijo, ante el STJ, que las penas para estos casos nunca han excedido los 20 años. Por eso pidió 10 años de prisión -el mínimo de la escala- o, subsidiariamente, la de 15 años.
Los jueces de la Sala B del STJ, sin embargo, respaldaron el fallo del TIP. “La presentación -dijeron- implica una clara discrepancia con la definición del ajuste punitivo de González, solo reedita lo apuntado ante el tribunal precedente, desoyendo su abordaje, sin incorporar de forma consistente ninguna incidencia que potencialmente pueda involucrar un error en el juicio de derecho aplicado, o un apartamiento de los parámetros legales y constitucionales que deben seguirse en la construcción del razonamiento judicial.
Los jueces del STJ dijeron que el fallo fue “debidamente” fundado. “El tribunal precedente dio razonable respuesta a su requerimiento, individualizando los motivos por los que el planteo de lo excesivo e inconstitucional no podía prosperar, debido a que hubo carencia de argumentos para sostener esa pretensión, sin señalar cuál fue el error que habilitaba la indicación de que la conclusión punitiva aparecía como equivocada o desligada de los elementos acreditados en este legajo”, expresaron.