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Estaba en un “after” en Pico y disparó a los presentes: fue condenado a 5 años de prisión

31 de octubre de 2022
Estaba en un “after” en Pico y disparó a los presentes: fue condenado a 5 años de prisión

El juez de audiencia de juicio de General Pico, Federico Pellegrino, condenó a Natalio Jesús Díaz, de 26 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa; abuso de armas y portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, todo en concurso real; a la pena de cinco años y nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento, declarándolo reincidente.

Las pruebas aportadas en la causa permitieron comprobar que el 6 de noviembre de 2021 a las 9 horas aproximadamente se realizó un «after» en un departamento de esta ciudad, en el que se encontraban reunidos el imputado y varias personas. Diaz se presentó junto a su grupo de amigos y permaneció en el lugar escuchando música y bebiendo como todos los presentes.





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En un momento determinado, el hombre se retiró con algunos de sus amigos, a los pocos minutos volvió solo, se acercó a uno de los presentes, lo abrazó y le dijo: «así que vos sos de Río Negro», «yo soy de General Pico». Sacó de entre sus prendas un arma de fuego tipo revolver calibre 22 -para la cual no poseía autorización legal- le apuntó y le efectúo un disparo a la altura del abdomen, a escasa distancia, que impactó en región inguinal izquierda, e inmediatamente direccionó el arma y le apuntó y disparó al sector del abdomen a otro de los presentes -también a poca distancia- quien al moverse con un salto recibió el impactó en región ilíaca derecha. Acto seguido lo apuntó con el arma y le disparó a una tercera persona -también a poca distancia- rozando el proyectil en su cabeza, este corrió hacia el baño, siendo alcanzado por otro disparo que lo impactó en el codo izquierdo.

Diaz salió del departamento portando el arma, apuntó y disparó en dirección a las personas que estaban afuera, entre ellos a una cuarta persona, a quien hirió, impactando el proyectil en la pierna izquierda del adolescente.

Ante esta situación una persona que estaba en el lugar le dijo a Diaz «…Natalio estas re loco, le pegaste a un pibe de 15 años que juega al futbol, no tomas conciencia, mira si matas a alguno…», y este último le apoyó el arma en el abdomen al nombrado a quién le gatilló tres veces, aunque el disparo no salió.





En ese contexto -y casi en simultáneo otro de los presentes- comenzó a forcejear para intentar sacarle el arma a Diaz, pero no lo logró.

Luego, a otro de los asistentes a la reunión le apuntó a la zona del abdomen y disparó -a escasa distancia- impactándolo en cara anterior de muslo izquierdo, y el otro disparo en el glúteo derecho. Asimismo, continuó “apuntando y gatillando” contra otra de las personas, pero no salieron más disparos. Con posterioridad Diaz se retiró del lugar y fue perseguido por algunas de las personas que estaban en el after.

El acuerdo fue presentado por el fiscal Juan Ignacio Pellegrino y por el defensor particular Jerónimo Altamirano, quien asistió en la defensa técnica a Díaz.

El fiscal al momento de presentar el escrito de juicio abreviado expresó que personal del Ministerio Público Fiscal se entrevistó con tres de los damnificados quienes manifestaron estar de acuerdo con la vía procedimental elegida para concluir la causa. Respecto a los otros tres expresó que pese a haberse realizado diversos llamados, resultó infructuoso cada intento de comunicación.

El juez agregó en la sentencia que “el abundante, prolijo y ordenado trabajo del representante del Ministerio Público Fiscal, llevado a cabo en la etapa investigativa y sintetizado -en forma correcta- en el acuerdo alcanzado, facilita de sobremanera la tarea de comprensión, entendimiento y encuadre legal otorgado al hecho investigado”.

Y agregó que “de allí que haya de coincidir con las calificaciones acordadas por los presentantes. La presentación, en segunda oportunidad, de Natalio Díaz, -ahora portando un arma de fuego-, en el lugar en que se hallaban reunidos los damnificados, efectuando disparos en forma reiterada, a muy corta distancia, dirigidos a zonas vitales de las víctimas, tuvo la capacidad suficiente para producir la muerte de varios de los allí presentes. No se produjeron uno o varios homicidios de milagro, pero el imputado pretendió, sin dudas, su configuración. La acción llevada a cabo tenía la capacidad para lograrlo”.

Finalmente, en cuanto a las calificaciones legales acordadas, Pellegrino expresó que “habré de hacer lugar a las figuras imputadas y reconocidas por el imputado, en los delitos de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa en perjuicio de cinco personas; abuso de armas en perjuicio de otra de las personas damnificadas; y portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, todo en concurso real”.






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