La jueza federal María Servini de Cubría, titular del juzgado federal 1 de la Ciudad de Buenos Aires, resolvió que la actuación de organizaciones políticas en 1976 no son crímenes de lesa humanidad ni crímenes de guerra ni graves violaciones a los derechos humanos y por lo tanto se encuentra prescripta.
Lo magistrada lo hizo al rechazar un pedido realizado por asociaciones defensoras de represores que buscan reabrir una causa por los hechos ocurridos el 2 de julio de 1976 en la Superintendencia de Seguridad Federal.
La Justicia sostiene ininterrumpidamente desde 2001 que el accionar represivo del Estado durante la dictadura cívico-militar constituye crímenes de lesa humanidad y en consecuencia imprescriptible; y que hay un deber de investigar, juzgar, sancionar y reparar a las víctimas.
“Ninguno de esos elementos se aplica a estos hechos cometidos por organizaciones políticas, como ratificó la Corte Suprema de Justicia de la Nación y diferentes tribunales en esta y otras causas”, confirmó en el fallo Servini de Cubría.
Desde la Secretaría de Derechos Humanos de Nación se afirmó: “Este tipo de denuncias intentan equiparar el terrorismo de Estado con la actuación de organizaciones políticas y volver a instalar la ‘teoría de los dos demonios’ para garantizar la impunidad de quienes secuestraron, torturaron, abusaron, asesinaron, desaparecieron y se apropiaron de cientos de niños y niñas”.
“Amparados en normas nacionales e internacionales, los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial se han comprometido desde hace 20 años en llevar adelante las políticas de Memoria, Verdad y Justicia. Como parte de esa política de Estado, ya se han realizado más de 320 juicios orales y públicos con la condena de casi 1200 represores en un proceso que ha respetado todas las garantías constitucionales y que es reconocido como un ejemplo por todo el mundo”, detalló el organismo nacional.